Real Decreto 877/2015, de 2 de octubre, de desarrollo de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias, por el que se regula el fondo de reserva que deben constituir determinadas fundaciones bancarias; se modifica el Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio; y se modifica el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. - Boletín Oficial del Estado de 03-10-2015
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Mayo de 2020
F. entrada en vigor: 04/10/2015
Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 237
F. Publicación: 03/10/2015
Preambulo
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Constitución y uso del fondo de reserva.
Artículo 4. Determinación del fondo de reserva.
Artículo 5. Forma de constitución del fondo de reserva.
Artículo 6. Plazo de constitución del fondo de reserva.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Suspensión de la obligación de aportar al fondo de reserva.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Presentación del plan financiero.
D.T. 2ª. Requisitos exigibles a las entidades de interés público.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio.
D.F. 2ª. Modificación del Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio.
D.F. 3ª. Título competencial.
D.F. 4ª. Habilitación normativa.
D.F. 5ª. Entrada en vigor.