Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola. - Boletín Oficial del Estado de 28-01-2015
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2023
F. entrada en vigor: 29/01/2015
Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 24
F. Publicación: 28/01/2015
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Administraciones competentes.
Artículo 4. Obligaciones de los agricultores.
Artículo 5. Registro General de la Producción Agrícola.
Artículo 6. Programa de Control Oficial de la Producción Primaria Agrícola.
Artículo 6 bis. Laboratorios Nacionales de Referencia.
Artículo 6 ter. Laboratorios para el programa de vigilancia de la comercialización de los productos fitosanitarios y para el Programa de Control Oficial de la Producción Primaria Agrícola.
Artículo 7. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Registro de las explotaciones agrícolas en funcionamiento.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 971/2014, de 21 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de evaluación de productos fitosanitarios.
D.F. 2ª. Título competencial.
D.F. 3ª. Facultad de modificación.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Información mínima que deberá notificar el agricultor
ANEXO II