Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la Modernizacion de las Infraestructuras Turisticas. - Boletín Oficial del Estado de 24-07-2010
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Octubre de 2017
F. entrada en vigor: 25/07/2010
Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 179
F. Publicación: 24/07/2010
Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto y finalidad.
Artículo 2. Naturaleza, régimen jurídico, adscripción y denominación.
Artículo 3. Recursos.
Artículo 4. Administrador financiero.
Artículo 5. Proyectos financiables.
Artículo 6. Tipos de operaciones.
Artículo 7. Compatibilidad de ayudas.
CAPÍTULO II. Aportaciones al capital social
Artículo 8. Requisitos.
CAPÍTULO III. Préstamos bonificados
Artículo 9. Beneficiarios y requisitos.
Artículo 10. Características.
Artículo 11. Convocatoria y tramitación.
Artículo 12. Valoración y propuesta de resolución de concesión.
Artículo 13. Resolución y notificación.
Artículo 14. Plazo de ejecución.
Artículo 15. Justificación y seguimiento.
Artículo 16. Reintegro por incumplimiento.
CAPÍTULO IV. Constitución de garantías
Artículo 17. Requisitos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Criterios aplicables a la primera convocatoria.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Control parlamentario.
D.F. 2ª. Habilitación competencial.
D.F. 3ª. Desarrollo normativo.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.