Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación. - Boletín Oficial del Estado de 28-02-1998
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Mayo de 2014
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 51
F. Publicación: 28/02/1998
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Artículo 1. Objeto y definición.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Instalación obligatoria de las infraestructuras reguladas en este Real Decreto-ley en edificios de nueva construcción.
Artículo 4. Instalación de la infraestructura en los edificios ya construidos.
Artículo 5. Conservación de la infraestructura.
Artículo 6. Obligación de instalación de la infraestructura.
Artículo 7. Consideración de la nueva infraestructura y retirada de la preexistente.
Artículo 8. Garantía de continuidad en la recepción de los servicios.
Artículo 9. Derecho de los copropietarios o arrendatarios al acceso a los servicios y garantía del posible uso compartido de la infraestructura.
Artículo 10. Consideración de la infraestructura a efectos de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Artículo 11. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. única. Eficacia derogatoria.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultades de desarrollo.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.