Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero, por el que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. - Boletín Oficial del Estado de 19-02-2020
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Texto
Ambito: BOE
Estado: DEROGADO. Desde 17 de Julio de 2020 por Ley 1/2020, de 15 de julio, por la que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el articulo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
F. entrada en vigor: 20/02/2020
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 43
F. Publicación: 19/02/2020