Recurso de inconstitucionalidad n.º 1424-2014, contra los artículos 1; 2.2 b), c) y d); 5.3; 5.5; 5.6; 5.7; 6.2; 7.2; 8; 12.2; 12.3; 12.4; 13; 14.1 a), b) y c); 14.2; 15.2 a), b), d), f), g) y h); 15.3; 17.1; 17.2; 18; 19.2 a) y c); Título V, disposiciones adicional primera y transitoria primera de la Ley 3/2013, de 20 de mayo, de impulso y ordenación de las infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia., - Boletín Oficial del Estado, de 26-07-2014
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde
Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 181
F. Publicación: 26/07/2014
El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 22 de julio actual en el recurso de inconstitucionalidad número 1424-2014, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado levantar la suspensión de los artículos 1; 2.2 b), c) y d); 5.3; 5.5; 5.6; 5.7; 6.2; 7.2; 8; 12.2; 12.3; 12.4; 13; 14.1 a), b) y c); 14.2; 15.2 a), b), d), f), g) y h); 15.3; 17.1; 17.2; 18; 19.2 a) y c); título V, disposiciones adicional primera y transitoria primera de la Ley 3/2013, de 20 de mayo, de impulso y ordenación de las infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 89, de 12 de abril de 2014.
Madrid, 22 de julio de 2014.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
