Recurso de inconstitucionalidad n.º 1302-2017, contra los artículos primero (apartados 10 y 11) y segundo (apartado 2) de la Ley de Murcia 10/2016, de 7 de junio, de Reforma de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia, y de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia., - Boletín Oficial del Estado, de 04-05-2017
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Ambito: BOE
Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 106
F. Publicación: 04/05/2017
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 25 de abril actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1302-2017, promovido por la Presidenta del Gobierno en funciones contra los artículos primero (apartados 10 y 11) y segundo (apartado 2) de la Ley de Murcia 10/2016, de 7 de junio, de reforma de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia, y de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia. Y se hace constar que por la Presidenta del Gobierno en funciones se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso - 15 de marzo de 2017- , para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 25 de abril de 2017.- La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
