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Recurso de inconstitucionalidad n.º 4814-2017, contra la Ley 21/2017, de 20 de septiembre, de la Agencia Catalana de Protección Social., - Boletín Oficial del Estado, de 27-03-2018

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Ambito: BOE

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 75

F. Publicación: 27/03/2018

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 75 de 27/03/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de marzo actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4814-2017, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra la Ley 21/2017, de 20 de septiembre, de la Agencia Catalana de Protección Social, ha acordado: «1.º Mantener la suspensión del art. 3.1, apartados c) -segundo inciso-, d) y h), de la Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 21/2017, de 20 de septiembre, de la Agencia Catalana de Protección Social. 2.º Levantar la suspensión del resto de la indicada Ley». Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 258, de 26 de octubre de 2017.

Madrid, 21 de marzo de 2018.-Secretaria del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.