Legislación
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RECURSO de inconstitucionalidad numero 4.033/1998, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el articulo 16.6 (primer inciso) de la Ley del Parlamento Vasco 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del Pais Vasco. - Boletín Oficial del Estado, de 20-02-1999

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Ambito: BOE

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 44

F. Publicación: 20/02/1999

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 44 de 20/02/1999 y no contiene posibles reformas posteriores

El Tribunal Constitucional, por auto de 9 de febrero actual, ha acordado mantener la suspensión de la vigencia del inciso «la federación vasca de cada modalidad

deportiva será la única representante del deporte federado vasco en el ámbito estatal e internacional» , del artículo 16.6 de la Ley del Parlamento Vasco 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco, cuya suspensión se produjo en el Recurso de inconstitucionalidad número 4.033/1998, que fue promovido por el Presidente del Gobierno, con invocación del artículo 161.2 de la Constitución y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 240, de 7 de octubre de 1998.

Madrid, 9 de febrero de 1999. El Presidente del Tribunal Constitucional,

CRUZ VILLALÓN