Regla 11 TR. del Impuesto sobre Actividades Económicas
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»Regla 11ª. Cuotas provinciales.
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1. Son cuotas provinciales las que con tal denominación aparecen expresamente señaladas en las Tarifas.
2. El pago de las cuotas provinciales faculta para el ejercicio de las actividades correspondientes en el ámbito del Territorio Histórico de Gipuzkoa, sin necesidad de satisfacer cuota mínima municipal alguna.
