Regla 17 Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
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»Regla 17. Delimitación.
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1. La ejecución de los gastos presupuestarios en el ejercicio corriente se realizará en las siguientes fases:
a) Aprobación del gasto.
b) Compromiso del gasto.
c) Reconocimiento de la obligación.
d) Ordenación del pago.
e) Pago material.
2. Los reintegros de gastos presupuestarios pueden dar lugar a reintegros al presupuesto de gastos o al presupuesto de ingresos, de acuerdo con la Ley General Presupuestaria y en los términos recogidos en la regla 25 de esta Instrucción.
