Regla 27 Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
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»Regla 27. Delimitación.
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La ejecución de los gastos presupuestarios de ejercicios cerrados se realizará en las siguientes fases:
a) Modificaciones de obligaciones reconocidas en ejercicios cerrados.
b) Ordenación del pago de obligaciones reconocidas en ejercicios cerrados.
c) Pago material de obligaciones reconocidas en ejercicios cerrados.
d) Prescripción de obligaciones reconocidas en ejercicios cerrados.
