Regla 49 Marco regulatorio contable de las entidades locales
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»Regla 49.-Formación de la cuenta general.
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1. La cuenta general de cada ejercicio se formará por la Intervención u órgano de la entidad local que tenga atribuida la función de contabilidad.
2. A los efectos anteriores, la Intervención u órgano de la entidad local que tenga atribuida la función de contabilidad podrá recabar la presentación de las cuentas que hayan de rendirse al órgano u órganos de control externo.
3. (Suprimido).
Modificaciones
- Artículo modificado (Regla 49 (apdo. 3 se suprime)) por DECRETO FORAL 138/2022, de 29 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 139/2015, de la Diputación Foral de Bizkaia de 28 de julio, por el que se aprueba el marco regulatorio contable de las entidades locales de Bizkaia para incorporar las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local de Bizkaia
(BI de 12-12-2022) en vigor desde 01-01-2024
