Regla 77 Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
- La Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social pasa a denominarse «Instrucción de gestión contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social». - Resolucion de 11 de octubre de 2022, de la Intervencion General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instruccion de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social y se modifica la de 3 de julio de 2014, por la que se aprueba la Instruccion de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
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»Regla 77. Libro auxiliar de descuentos pendientes de formalizar.
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1. El libro auxiliar de descuentos pendientes de formalizar recogerá, para cada código de descuento, las operaciones relacionadas con conceptos no presupuestarios del centro.
2. Por columnas expresará: fecha de la operación; NRGD; tipo de documento; descuentos a justificar y descuentos justificados. Su saldo representará las operaciones pendientes de aplicar a los conceptos no presupuestarios relacionados con los diversos descuentos practicados.
