Reglamento de Ejecución (UE) 2020/398 del Consejo de 13 de marzo de 2020 por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 13-03-2020
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ambito: DOUE
Órgano emisor: CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 77
F. Publicación: 13/03/2020
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/398 DEL CONSEJO
de 13 de marzo de 2020
por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.º 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (1), y en particular su artículo 14, apartados 1 y 3,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
| (1) | El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.º 269/2014. |
| (2) | De una revisión realizada por el Consejo se desprende que debe modificarse la información relativa a 161 personas y 11 entidades que figuran en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014 y deben suprimirse las entradas correspondientes a dos personas fallecidas. |
| (3) | Procede, por lo tanto, modificar el anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 13 de marzo de 2020.
Por el Consejo
La Presidenta
A. METELKO-ZGOMBI??
(1) DO L 78 de 17.3.2014, p. 6.
ANEXO
El anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014 se modifica como sigue:
Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI
