Reglamento de Ejecución (UE) 2022/581 del Consejo, de 8 de abril de 2022, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 08-04-2022
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Ambito: DOUE
Órgano emisor: CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 109
F. Publicación: 08/04/2022
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/581 DEL CONSEJO
de 8 de abril de 2022
por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.º 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
| (1) | El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.º 269/2014. |
| (2) | La Unión mantiene su apoyo inquebrantable a la soberanía y la integridad territorial de Ucrania. |
| (3) | El 24 de febrero de 2022, el presidente de la Federación de Rusia anunció una operación militar en Ucrania y las fuerzas armadas rusas iniciaron un ataque contra Ucrania. Dicho ataque constituye una violación flagrante de la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania. |
| (4) | En sus Conclusiones de 24 de febrero de 2022, el Consejo Europeo condenó con la máxima firmeza la agresión militar no provocada e injustificada que la Federación de Rusia ha cometido contra Ucrania. Con las acciones militares ilegales que ha emprendido, Rusia está violando gravemente el Derecho internacional y los principios de la Carta de las Naciones Unidas y socavando la seguridad y la estabilidad europeas y mundiales. El Consejo Europeo acordó la imposición de medidas restrictivas adicionales con consecuencias graves e incalculables para Rusia por su actuación, en estrecha coordinación con los socios y aliados de la Unión. |
| (5) | El 25 de febrero de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/329 (2), por la que se modificaron los criterios de inclusión en la lista para incluir a las personas y entidades que apoyen al Gobierno de la Federación de Rusia y que se beneficien de él, a las personas y entidades que proporcionen una fuente sustancial de ingresos al Gobierno de la Federación de Rusia y a las personas físicas o jurídicas asociadas a personas o entidades incluidas en la lista. |
| (6) | En sus Conclusiones de 24 de marzo de 2022, el Consejo Europeo declaró que la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania constituye una violación flagrante del Derecho internacional y está provocando una pérdida ingente de vidas humanas y multitud de heridos entre los civiles, y que la Unión sigue estando dispuesta a colmar las lagunas y hacer frente a las elusiones, reales y posibles, de las medidas restrictivas ya adoptadas, así como a reaccionar con rapidez con más sanciones contundentes coordinadas contra Rusia y Bielorrusia con el fin de frustrar con eficacia las capacidades de Rusia para continuar la agresión. |
| (7) | Habida cuenta de la gravedad de la situación, el Consejo considera que conviene imponer medidas restrictivas a los principales empresarios implicados en sectores económicos que proporcionan una fuente sustancial de ingresos al Gobierno de la Federación Rusa, a las personas que apoyen al Gobierno de la Federación de Rusia o se beneficien de él y a las personas físicas asociadas a dichos empresarios, incluidos aquellos miembros de sus familias que obtengan un provecho indebido de ellos. |
| (8) | El Consejo considera asimismo que los ministros y miembros del «Consejo Popular» de las denominadas «República Popular de Donetsk» y «República Popular de Luhansk» deben estar sujetos a medidas restrictivas. |
| (9) | Además, el Consejo considera que también deben estar sujetas a medidas restrictivas las empresas que apoyen material o financieramente al Gobierno de la Federación de Rusia o que se beneficien de él y que apoyen material o financieramente acciones que menoscaben o amenacen la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania. |
| (10) | Por lo tanto, procede añadir a doscientas dieciséis personas y a dieciocho entidades a la lista de personas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014. |
| (11) | Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.º 269/2014 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014 se modifica de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de abril de 2022.
Por el Consejo
El Presidente
J.-Y. LE DRIAN
(1) DO L 78 de 17.3.2014, p. 6.
(2) Decisión (PESC) 2022/329 del Consejo, de 25 de febrero de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L 50 de 25.2.2022, p. 1).
ANEXO
Se añaden las siguientes personas y entidades a la lista de personas, entidades y organismos que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014:
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