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Reglamento de Ejecución (UE) 2022/581 del Consejo, de 8 de abril de 2022, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 08-04-2022

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 109

F. Publicación: 08/04/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 109 de 08/04/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/581 DEL CONSEJO

de 8 de abril de 2022

por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.º 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.º 269/2014.

(2)

La Unión mantiene su apoyo inquebrantable a la soberanía y la integridad territorial de Ucrania.

(3)

El 24 de febrero de 2022, el presidente de la Federación de Rusia anunció una operación militar en Ucrania y las fuerzas armadas rusas iniciaron un ataque contra Ucrania. Dicho ataque constituye una violación flagrante de la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

(4)

En sus Conclusiones de 24 de febrero de 2022, el Consejo Europeo condenó con la máxima firmeza la agresión militar no provocada e injustificada que la Federación de Rusia ha cometido contra Ucrania. Con las acciones militares ilegales que ha emprendido, Rusia está violando gravemente el Derecho internacional y los principios de la Carta de las Naciones Unidas y socavando la seguridad y la estabilidad europeas y mundiales. El Consejo Europeo acordó la imposición de medidas restrictivas adicionales con consecuencias graves e incalculables para Rusia por su actuación, en estrecha coordinación con los socios y aliados de la Unión.

(5)

El 25 de febrero de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/329 (2), por la que se modificaron los criterios de inclusión en la lista para incluir a las personas y entidades que apoyen al Gobierno de la Federación de Rusia y que se beneficien de él, a las personas y entidades que proporcionen una fuente sustancial de ingresos al Gobierno de la Federación de Rusia y a las personas físicas o jurídicas asociadas a personas o entidades incluidas en la lista.

(6)

En sus Conclusiones de 24 de marzo de 2022, el Consejo Europeo declaró que la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania constituye una violación flagrante del Derecho internacional y está provocando una pérdida ingente de vidas humanas y multitud de heridos entre los civiles, y que la Unión sigue estando dispuesta a colmar las lagunas y hacer frente a las elusiones, reales y posibles, de las medidas restrictivas ya adoptadas, así como a reaccionar con rapidez con más sanciones contundentes coordinadas contra Rusia y Bielorrusia con el fin de frustrar con eficacia las capacidades de Rusia para continuar la agresión.

(7)

Habida cuenta de la gravedad de la situación, el Consejo considera que conviene imponer medidas restrictivas a los principales empresarios implicados en sectores económicos que proporcionan una fuente sustancial de ingresos al Gobierno de la Federación Rusa, a las personas que apoyen al Gobierno de la Federación de Rusia o se beneficien de él y a las personas físicas asociadas a dichos empresarios, incluidos aquellos miembros de sus familias que obtengan un provecho indebido de ellos.

(8)

El Consejo considera asimismo que los ministros y miembros del «Consejo Popular» de las denominadas «República Popular de Donetsk» y «República Popular de Luhansk» deben estar sujetos a medidas restrictivas.

(9)

Además, el Consejo considera que también deben estar sujetas a medidas restrictivas las empresas que apoyen material o financieramente al Gobierno de la Federación de Rusia o que se beneficien de él y que apoyen material o financieramente acciones que menoscaben o amenacen la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

(10)

Por lo tanto, procede añadir a doscientas dieciséis personas y a dieciocho entidades a la lista de personas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014.

(11)

Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.º 269/2014 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014 se modifica de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de abril de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

J.-Y. LE DRIAN

(1) DO L 78 de 17.3.2014, p. 6.

(2) Decisión (PESC) 2022/329 del Consejo, de 25 de febrero de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L 50 de 25.2.2022, p. 1).

ANEXO

Se añaden las siguientes personas y entidades a la lista de personas, entidades y organismos que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 269/2014:

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