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Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1883 de la Comisión, de 9 de julio de 2024, por el que se establecen las especificaciones técnicas de los requisitos de datos y los plazos para la presentación de los informes de metadatos y de calidad en relación con el tema Uso de las tecnologías de la información y la comunicación y comercio electrónico para el año de referencia 2025, de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 10-07-2024

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISIÓN EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 1883

F. Publicación: 10/07/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 1883 de 10/07/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/1883 DE LA COMISIÓN

de 9 de julio de 2024

por el que se establecen las especificaciones técnicas de los requisitos de datos y los plazos para la presentación de los informes de metadatos y de calidad en relación con el tema «Uso de las tecnologías de la información y la comunicación y comercio electrónico» para el año de referencia 2025, de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a las estadísticas empresariales europeas que deroga diez actos jurídicos en el ámbito de las estadísticas empresariales (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, y su artículo 17, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)El tema «Uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y comercio electrónico» proporciona los datos requeridos por el Programa Estratégico de la Década Digital a fin de supervisar los objetivos digitales de la Unión para 2030, como el indicador de intensidad digital para la transformación digital de las empresas o la adopción de los servicios informáticos en la nube, los macrodatos (análisis de datos) o la inteligencia artificial. También proporciona información para otras políticas de la Unión relacionadas con el rendimiento digital, entre ellas la política «Una Europa adaptada a la era digital».

(2)A fin de poder evaluar la calidad de los datos y garantizar que los datos sobre uso de las TIC y comercio electrónico sean comparables y armonizados, es necesario disponer de informes de metadatos y de calidad antes de que los datos se publiquen.

(3)Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Con respecto al tema «Uso de las TIC y comercio electrónico», a que se refiere el anexo I del Reglamento (UE) 2019/2152, los Estados miembros transmitirán a la Comisión (Eurostat) los datos para el año de referencia 2025 de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

1. El informe anual de metadatos para el año de referencia 2025 relativo al tema «Uso de las TIC y comercio electrónico» se transmitirá a la Comisión (Eurostat) a más tardar el 31 de mayo de 2025.

2. El informe anual de calidad para el año de referencia 2025 relativo al tema «Uso de las TIC y comercio electrónico» se transmitirá a la Comisión (Eurostat) a más tardar el 5 de noviembre de 2025.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2024.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

________________________________________

(1) DO L 327 de 17.12.2019, p. 1.

________________________________________

ANEXO

Especificaciones técnicas de los requisitos de datos para el tema «Uso de las tecnologías de la información y la comunicación y comercio electrónico»

(ANEXO OMITIDO. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)