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Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1961 de la Comisión, de 16 de julio de 2024, relativo a las condiciones uniformes para la transmisión de las series temporales para el nuevo desglose regional en virtud del Reglamento (CE) n.º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 17-07-2024

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISIÓN EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 1961

F. Publicación: 17/07/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 1961 de 17/07/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/1961 DE LA COMISIÓN

de 16 de julio de 2024

relativo a las condiciones uniformes para la transmisión de las series temporales para el nuevo desglose regional en virtud del Reglamento (CE) n.º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (1), y en particular su artículo 5, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n.º 1059/2003 proporciona el marco jurídico para la nomenclatura regional con el fin de posibilitar la recogida, la elaboración y la difusión de estadísticas regionales armonizadas en la Unión.

(2) La Comisión ha modificado la nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) mediante el Reglamento Delegado (UE) 2023/674 de la Comisión (2), con efecto a partir del 1 de enero de 2024.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los Estados miembros transmitirán a la Comisión (Eurostat) las series temporales para el nuevo desglose regional de conformidad con el anexo del presente Reglamento de Ejecución.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de julio de 2024.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

________________________________________

(1) DO L 154 de 21.6.2003, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2003/1059/oj.

(2) Reglamento Delegado (UE) 2023/674 de la Comisión, de 26 de diciembre de 2022, que modifica los anexos del Reglamento (CE) n.º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (DO L 87 de 24.3.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2023/674/oj).

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ANEXO

Año inicial requerido por ámbito estadístico

(CUADRO OMITIDO. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

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(1) La transmisión no es obligatoria para los años de referencia 1990 a 2012.

(2) La transmisión no es obligatoria hasta el año de referencia 2020.