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Reglamento de Ejecución (UE) 2025/886 del Consejo, de 12 de mayo de 2025, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2019/796 relativo a medidas restrictivas contra los ciberataques que amenacen a la Unión o a sus Estados miembros, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 13-05-2025

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 886

F. Publicación: 13/05/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 886 de 13/05/2025 y no contiene posibles reformas posteriores

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/886 DEL CONSEJO

de 12 de mayo de 2025

por el que se aplica el Reglamento (UE) 2019/796 relativo a medidas restrictivas contra los ciberataques que amenacen a la Unión o a sus Estados miembros

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/796 del Consejo, de 17 de mayo de 2019, relativo a medidas restrictivas contra los ciberataques que amenacen a la Unión o a sus Estados miembros (1), y en particular su artículo 13,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 17 de mayo de 2019, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2019/796.

(2) El Consejo ha revisado la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos del anexo I del Reglamento (UE) 2019/796. Atendiendo a dicha revisión, deben actualizarse los motivos de la inclusión de seis personas en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas.

(3) Por lo tanto, procede modificar el anexo I del Reglamento (UE) 2019/796 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) 2019/796 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de mayo de 2025.

Por el Consejo

La Presidenta

B. NOWACKA

(1) DO L 129 I de 17.5.2019, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/796/oj.

ANEXO

En el anexo I del Reglamento (UE) 2019/796, bajo el epígrafe «A. Personas físicas», las entradas 3 a 8 se sustituyen por el texto siguiente:

(CUADRO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación)