Reglamento (UE) 2020/1666 de la Comisión de 10 de noviembre de 2020 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los abonos, con el fin de incluir un nuevo tipo de abonos CE en el anexo I, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 11-11-2020
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Ambito: DOUE
Órgano emisor: COMISION EUROPEA
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 377
F. Publicación: 11/11/2020
REGLAMENTO (UE) 2020/1666 DE LA COMISIÓN
de 10 de noviembre de 2020
por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los abonos, con el fin de incluir un nuevo tipo de abonos CE en el anexo I
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.º 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, relativo a los abonos (1), y en particular su artículo 31, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
| (1) | Un fabricante de quelato cálcico de ácido iminodisuccínico («Ca-IDHA») ha presentado una solicitud a la Comisión a través de las autoridades polacas para incluir el Ca-IDHA como nueva entrada en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 2003/2003. El Ca-IDHA se ha desarrollado para responder a las solicitudes del sector hortícola de que se desarrollen alternativas a las fuentes existentes de calcio, que pueden, en determinadas condiciones de uso, dañar las hojas en caso de aplicación foliar. |
| (2) | El Ca-IDHA cumple los requisitos fijados en el artículo 14 del Reglamento (CE) n.º 2003/2003. Por tanto, debe incluirse en la lista de tipos de abonos CE del anexo I de dicho Reglamento. |
| (3) | Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n.º 2003/2003 en consecuencia. |
| (4) | La medida prevista en el presente Reglamento se ajusta al dictamen del Comité establecido por el artículo 32 del Reglamento (CE) n.º 2003/2003. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) n.º 2003/2003 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 10 de noviembre de 2020.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 304 de 21.11.2003, p. 1.
ANEXO
En el cuadro D del anexo I del Reglamento (CE) n.º 2003/2003, se inserta la fila 2.3 siguiente:
| «2.3 | quelato cálcico de ácido iminodisuccínico | Producto obtenido químicamente que contiene quelato cálcico de ácido iminodisuccínico como ingrediente esencial, sin adición de nutrientes orgánicos de origen animal o vegetal | 9 % de CaO Calcio, expresado como CaO, quelado por ácido iminodisuccínico (IDHA) soluble en agua | Calcio, expresado como CaO, quelado por ácido iminodisuccínico (IDHA) soluble en agua». |
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