Legislación

Reglamento (UE) 2021/23 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativo a un marco para la recuperación y la resolución de entidades de contrapartida central y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1095/2010, (UE) n.º 648/2012, (UE) n.º 600/2014, (UE) n.º 806/2014 y (UE) 2015/2365 y las Directivas 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2007/36/CE, 2014/59/UE y (UE) 2017/1132 - Diario Oficial de la Unión Europea de 22-01-2021

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Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Febrero de 2021

F. entrada en vigor: 11/02/2021

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 21

F. Publicación: 22/01/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
  • El presente Reglamento será aplicable a partir del 12 de agosto de 2022 a excepción de: el art. 95, que será aplicable a partir del 4 de julio de 2020; el art. 87.2, que será aplicable a partir del 11 de febrero de 2021; el art. 9, apdos. 1, 2, 3, 4, 6, 7, 9, 10, 12, 13, 16, 17, 18 y 19, el art. 10, apdos. 1, 2, 3, 8, 9, 10, 11 y 12, y el art. 11, que serán aplicables a partir del 12 de febrero de 2022, y el art. 9.14, y el art. 20, que serán aplicables a partir del 12 de febrero de 2023.