Reglamento (UE) 2023/838 de la Comisión, de 23 de marzo de 2023, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 748/2009 en lo que respecta a la actualización de la lista de operadores de aeronaves que realizan una actividad de aviación enumerada en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 21-04-2023
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Ambito: DOUE
Órgano emisor: COMISIÓN EUROPEA
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 108
F. Publicación: 21/04/2023
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REGLAMENTO (UE) 2023/838 DE LA COMISIÓN de 23 de marzo de 2023 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 748/2009 en lo que respecta a la actualización de la lista de operadores de aeronaves que realizan una actividad de aviación enumerada en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE) LA COMISIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Vista la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (1), y en particular su artículo 18 bis, apartado 3, letra b), Considerando lo siguiente: (1) Las actividades de la aviación están incluidas en el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero dentro de la Unión (en lo sucesivo, «RCDE UE»). (2) El Reglamento (CE) n.o 748/2009 de la Comisión (2) establece una lista de los operadores de aeronaves que han realizado una actividad de aviación enumerada en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE el 1 de enero de 2006 o a partir de esta fecha. (3) La lista establecida por el Reglamento (CE) n.o 748/2009 tiene por objeto reducir la carga administrativa que recae sobre los operadores de aeronaves facilitando información sobre qué Estado miembro regulará a un operador de aeronaves determinado. (4) La inclusión de un operador de aeronaves en el régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión no depende del hecho de que aquel figure en la lista de operadores de aeronaves establecida por la Comisión en virtud del artículo 18 bis, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE, sino de la realización de alguna de las actividades de aviación que contempla el anexo I de esa misma Directiva. (5) La lista del anexo del Reglamento (CE) n.o 748/2009 debe actualizarse para tener en cuenta los últimos datos facilitados por Eurocontrol sobre los operadores de aeronaves que han realizado una actividad de aviación enumerada en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE. (6) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n.o 748/2009 en consecuencia. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El anexo del Reglamento (CE) n.o 748/2009 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 23 de marzo de 2023. Por la Comisión, en nombre de la Presidenta, Frans TIMMERMANS Vicepresidente Ejecutivo (1) DO L 275 de 25.10.2003, p. 32. (2) Reglamento (CE) n.o 748/2009 de la Comisión, de 5 de agosto de 2009, sobre la lista de operadores de aeronaves que han realizado una actividad de aviación enumerada en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE el 1 de enero de 2006 o a partir de esta fecha, en la que se especifica el Estado miembro responsable de la gestión de cada operador (DO L 219 de 22.8.2009, p. 1). ANEXO (ANEXO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación -DOUE 21/04/2023-)
