Legislación
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Reglamento (UE) 2023/988 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 relativo a la seguridad general de los productos, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.º 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva (UE) 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 87/357/CEE del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 23-05-2023

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Junio de 2023

F. entrada en vigor: 12/06/2023

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 135

F. Publicación: 23/05/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Finalidad y objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definiciones Artículo 4. Venta a distancia
CAPÍTULO II. REQUISITOS DE SEGURIDAD
Artículo 5. Requisito general de seguridad Artículo 6. Aspectos considerados en la evaluación de la seguridad de los productos Artículo 7. Presunción de conformidad con el requisito general de seguridad Artículo 8. Elementos adicionales que deben tenerse en cuenta para la evaluación de la seguridad de los productos
CAPÍTULO III. OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES ECONÓMICOS
SECCIÓN 1
Artículo 9. Obligaciones de los fabricantes Artículo 10. Obligaciones de los representantes autorizados Artículo 11. Obligaciones de los importadores Artículo 12. Obligaciones de los distribuidores Artículo 13. Supuestos en que las obligaciones de los fabricantes se aplican a otros operadores económicos Artículo 14. Procesos internos relativos a la seguridad de los productos Artículo 15. Cooperación de los operadores económicos con las autoridades de vigilancia del mercado Artículo 16. Persona responsable de los productos introducidos en el mercado de la Unión Artículo 17. Información destinada a los operadores económicos Artículo 18. Requisitos específicos de trazabilidad para determinados productos o categorías o grupos de productos
SECCIÓN 2
Artículo 19. Obligaciones de los operadores económicos en caso de venta a distancia Artículo 20. Obligaciones de los operadores económicos en caso de accidente relacionado con la seguridad de los productos Artículo 21. Información en formato electrónico
CAPÍTULO IV. PRESTADORES DE MERCADOS EN LÍNEA
Artículo 22. Obligaciones específicas de los prestadores de mercados en línea relacionadas con la seguridad de los productos
CAPÍTULO V. VIGILANCIA DEL MERCADO Y EJECUCIÓN
Artículo 23. Vigilancia del mercado Artículo 24. Informe anual
CAPÍTULO VI. SISTEMA DE ALERTA RÁPIDA «SAFETY GATE» Y PORTAL SAFETY BUSINESS GATEWAY
Artículo 25. Sistema de Alerta Rápida «Safety Gate» Artículo 26. Notificación de productos peligrosos a través del Sistema de Alerta Rápida «Safety Gate» Artículo 27. Safety Business Gateway
CAPÍTULO VII. FUNCIÓN DE LA COMISIÓN Y COORDINACIÓN DE LA GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO
Artículo 28. Medidas de la Unión contra productos que presenten un riesgo grave Artículo 29. Solicitud de dictamen de la Comisión sobre las divergencias en la evaluación del riesgo Artículo 30. Red de Seguridad de los Consumidores Artículo 31. Actividades conjuntas en materia de seguridad de los productos Artículo 32. Acciones de control simultáneas y coordinadas de las autoridades de vigilancia del mercado («barridos»)
CAPÍTULO VIII. DERECHO A INFORMACIÓN Y A UNA SOLUCIÓN
Artículo 33. Información entre las autoridades y el público en general Artículo 34. Portal Safety Gate Artículo 35. Información que los operadores económicos y prestadores de mercados en línea proporcionan a los consumidores sobre la seguridad de los productos Artículo 36. Aviso de recuperación Artículo 37. Soluciones en caso de recuperación de productos por motivos de seguridad Artículo 38. Memorandos de entendimiento Artículo 39. Acciones de representación
CAPÍTULO IX. COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Artículo 40. Cooperación internacional
CAPÍTULO X. DISPOSICIONES FINANCIERAS
Artículo 41. Actividades de financiación Artículo 42. Protección de los intereses financieros de la Unión
CAPÍTULO XI. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 43. Responsabilidad Artículo 44. Sanciones Artículo 45. Ejercicio de la delegación Artículo 46. Procedimiento de comité Artículo 47. Evaluación y revisión Artículo 48. Modificaciones del Reglamento (UE) n.º 1025/2012 Artículo 49. Modificación de la Directiva (UE) 2020/1828 Artículo 50. Derogación Artículo 51. Disposiciones transitorias Artículo 52. Entrada en vigor y aplicación ANEXO. TABLA DE CORRESPONDENCIAS