Resolución de 1 de abril de 2022 de la Secretaria General de la Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias por la que se fija provisionalmente, para el periodo de Semana Santa y Fiestas de Primavera comprendido entre el 8 y el 24 de abril de 2022, un horario especial de apertura en determinadas oficinas de asistencia en materia de registros de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 06-04-2022
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Ambito: Murcia
Órgano emisor: CONSEJERIA DE TRANSPARENCIA, SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 80
F. Publicación: 06/04/2022
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias
| 1637 | Resolución de 1 de abril de 2022 de la Secretaria General de la Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias por la que se fija provisionalmente, para el periodo de Semana Santa y Fiestas de Primavera comprendido entre el 8 y el 24 de abril de 2022, un horario especial de apertura en determinadas oficinas de asistencia en materia de registros de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. |
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia cuenta con una red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registros, que prestan servicio en horario de mañana de 9 a 14 horas.
De ellas, para la Oficina del Infante, donde se localiza el Registro General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el artículo 1 de la Orden de 25 de noviembre de 1992, de la Consejería de Administración Publica e Interior, dispone que el horario de atención al público 'será de nueve a catorce horas de lunes a sábado y de diecisiete a diecinueve horas de lunes a viernes.'
Además, las Oficinas de San Cristóbal, Teniente Flomesta y La Fama, 3, prestan servicio vespertino, de 17 a 19 horas, una tarde a la semana, que, respectivamente, es la de los martes, miércoles y jueves. Por su parte, la Oficina de Cartagena lo hace los martes de 16 a 18 horas y las de Lorca y Santomera lo hacen los miércoles de 17 a 19 horas. Así se ha puesto en conocimiento de la ciudadanía en la Sede Electrónica de la Administración Regional.
En virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 4.2 del Decreto n.º 27/1990, de 3 de mayo, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración Regional, por motivos coyunturales o circunstancias de urgencia, podrán fijarse provisionalmente, por Resolución del Secretario General de la Consejería afectada, horarios especiales, dando cuenta de ello al Consejo Regional de la Función Pública.
En base a estas consideraciones, con el fin de conciliar la vida laboral y familiar de las empleadas y empleados públicos que prestan servicio en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro indicadas, sin menoscabar el buen funcionamiento del servicio, y habida cuenta de que el canal electrónico permite presentar escritos y solicitudes las 24 horas los 365 días del año, se estima conveniente modificar provisionalmente y de manera coyuntural, durante el periodo de Semana Santa y Fiestas de Primavera, el horario de apertura de aquéllas.
En consecuencia y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el párrafo segundo del artículo 4.2 del Decreto n.º 27/1990, de 3 de mayo, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto n.º 241/2021, de 25 de noviembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias,
Resuelvo:
Primero: Modificar provisionalmente, para el periodo de Semana Santa y Fiestas de Primavera comprendido entre el 8 y el 24 de abril de 2022, ambos inclusive, el horario de apertura de las siguientes Oficinas de Asistencia en Materia de Registros: Oficina del Infante, en la que el horario quedará establecido de lunes a viernes de 8 a 15 horas; Oficinas de San Cristóbal, Teniente Flomesta, La Fama, 3, Cartagena, Lorca y Santomera, en las que quedará establecido de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
A partir del 25 de abril de 2022, serán de aplicación el horario establecido en la Orden de 25 de noviembre de 1992, de la Consejería de Administración Publica e Interior, respecto a la Oficina del Infante, y el resto de horarios vespertinos publicados en la Sede Electrónica de esta Administración Regional.
Segundo: De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 4.2 del Decreto n.º 27/1990, de 3 de mayo, debe darse cuenta de la presente Resolución al Consejo Regional de la Función Pública.
Tercero: Publicar la presente Resolución en la Sede Electrónica de esta Administración Regional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
En Murcia a 1 de abril de 2022?. La Secretaria General de Transparencia, Seguridad y Emergencias, Elena García Quiñones.
NPE: A-060422-1637
