RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2020, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la que se aprueba el informe semestral del Programa Anual de Actuación de la Agencia Tributaria Valenciana para el año 2020. [2020/10444], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 09-12-2020
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ambito: Comunidad Valenciana
Órgano emisor: CONSELLERIA DE HACIENDA Y MODELO ECONOMICO
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8971
F. Publicación: 09/12/2020
La Agencia Tributaria Valenciana («ATV», en adelante), fue creada por la Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, como ente que tiene encomendada la aplicación del sistema tributario valenciano. Ello supuso implantar un modelo de organización basado en la consecución de una serie de objetivos estratégicos, y a un nivel más concreto, de objetivos operativos, en su evaluación y control, y en la responsabilidad por los resultados de la actuación.
Para la ordenación de su actividad se establecen, en el artículo 55 de la Ley 7/2014, dos instrumentos de planificación esenciales que habrán de regir la actuación de la Agencia: uno de ámbito plurianual, el Plan Plurianual de Gestión, que tiene por objeto ofrecer a la organización una visión clara de las estrategias a seguir y medidas a tomar en un plazo de vigencia de entre 3 y 5 ejercicios, alineando también la asignación de medios técnicos y humanos con las prioridades identificadas y otro para cada ejercicio, el Programa Anual de Actuación, que constituye el instrumento en el que se concreta para cada periodo anual la actividad a desarrollar por la Agencia en el marco del Plan Plurianual de Gestión.
El primer Plan Plurianual de Gestión de la ATV, para el periodo 2020-2023, conjuntamente con el Programa Anual de Actuación para el año 2020, fueron aprobados simultáneamente por sendas Resoluciones de 17 de enero de 2020, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, que fueron publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 27 de enero del mismo año.
Una vez concluido el primer semestre del año 2020, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado VII del Programa Anual de Actuación para el año 2020, la Dirección General de la Agencia ha elaborado el informe correspondiente a la evaluación de los resultados alcanzados en el primer semestre del año 2020.
Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, apartados 2 a) y 7 a) del Decreto 3/2019, de 18 de enero, del Consell, de aprobación del Estatuto de la Agencia Tributaria Valenciana («Decreto 3/2019», en lo sucesivo), resuelvo:
Aprobar, a propuesta del Consejo Rector, el informe semestral del Programa Anual de Actuación de la Agencia Tributaria Valenciana para el año 2020, cuyo texto se anexa al presente acuerdo.
València, 1 de diciembre de 2020.- El conseller de Hacienda y Modelo Económico y Presidente de la Agencia Tributaria Valenciana: Vicent Soler i Marco.
ANEXO
Informe semestral del Programa Anual de Actuación de la Agencia Tributaria Valenciana para el año 2020.
ÍNDICE.
I. Introducción.
II. Alcance.
III. Nivel de cumplimiento del objetivo estratégico «Posibilitar que la ciudadanía se relaciones con la ATV íntegramente por medios electrónicos».
IV. Nivel de cumplimiento del objetivo estratégico «Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal».
V. Nivel de cumplimiento del objetivo estratégico «Mejorar la gestión de los recursos asignados a la ATV».
VI. Conclusiones.
I. Introducción.
El presente informe se emite en el ejercicio de la función de seguimiento de la ejecución del Programa Anual de Actuación de la Agencia, y de evaluación de los resultados alcanzados en relación con el cumplimiento de sus fines generales, a través de la valoración de la batería de Indicadores que fueron definidos en el Plan Plurianual de Gestión, y que permiten cuantificar, en cada periodo anual, el grado de consecución de los objetivos operativos establecidos.
Por otra parte, tal y como prevé el apartado VII del Programa Anual de Actuación de la ATV para el año 2020, corresponde al Consejo Rector, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 5.2 del Decreto 3/2019, el seguimiento y control de la ejecución del Programa Anual de Actuación, así como la evaluación de los resultados del mismo, que se llevará a cabo mediante la realización de informes semestrales que versarán sobre el contenido del Programa, incluyendo tanto los Indicadores asociados a la evolución de los objetivos señalados a alcanzar en el periodo como las acciones identificadas en el Programa.
II. Alcance.
El alcance del presente informe abarca el primer semestre del ejercicio 2020, acumulando los datos de ejecución y cumplimiento de objetivos del citado periodo.
Conforme al apartado III del Plan Plurianual de Gestión 2020-2023, la ATV identifica los siguientes objetivos estratégicos:
1. Posibilitar que la ciudadanía se relacione con la Agencia Tributaria Valenciana íntegramente por medios electrónicos.
2. Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal.
3. Mejorar la gestión de los recursos asignados a la Agencia Tributaria Valenciana.
Según el apartado IX del citado plan, los Indicadores para medir el grado de consecución de los objetivos estratégicos y su valor objetivo para el ejercicio 2020 son los que se acompañan en el cuadro que figura en la siguiente página del presente documento.
El valor alcanzado en cada uno de los Indicadores de cumplimiento, así como el grado de ejecución que lo anterior supone respecto al valor objetivo propuesto, se relaciona a lo largo de los siguientes apartados del presente informe.
A estos efectos, el apartado VIII del Programa Anual de Actuación de la Agencia, dispone que el mismo se podrá modificar como consecuencia de cambios normativos que afecten a los tributos gestionados por la ATV, o de cualquier otra circunstancia que requiera la modificación de aspectos no esenciales de la estructura del Programa Anual de Actuación, que pudieran derivarse, entre otros, de especiales circunstancias económicas, o cualquier otra circunstancia relevante debidamente justificada que se ponga de manifiesto.
En este sentido, resulta imprescindible destacar que, como consecuencia de la emergencia de salud pública ocasionada por la Covid-19, el Gobierno de España declaró el estado de alarma en todo el territorio nacional mediante el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, que fue sometido a sucesivas prórrogas concluyendo el día 21 de junio de 2020.
Lo anterior tuvo consecuencias en todos los ámbitos de actividad, y en particular, en la actuación de la ATV, que tuvo que adaptarse a la nueva forma de trabajo impuesta, en cierta medida, por las exigencias económicas y sanitarias.
Las principales consecuencias derivadas de la crisis sufrida fueron la suspensión de la atención presencial, si bien, manteniendo en gran medida la atención prestada a la ciudadanía por otras vías de comunicación (telefónica y por correo electrónico, principalmente), y la paralización de los procedimientos tributarios derivada de la normativa relacionada con la Covid-19. Adicionalmente, la implantación del teletrabajo fue necesaria e inmediata, y permitió al personal de la Agencia continuar con su cometido.
III. Nivel de cumplimiento del objetivo estratégico «Posibilitar que la ciudadanía se relaciones con la ATV íntegramente por medios electrónicos».
Para la consecución del objetivo estratégico de «Posibilitar que la ciudadanía se relacione con la ATV íntegramente por medios electrónicos», se diseñó el programa de implementación de la administración electrónica, que supone definir un nuevo modelo desde el momento de la recepción de los documentos con trascendencia tributaria, así como transformar la atención a los contribuyentes en una verdadera asistencia, por lo que los esfuerzos se han dirigido a simplificar la cumplimentación, la precaptura de la información, así como a establecer la posibilidad de evaluar el riesgo de cada presentación en el momento mismo de su realización.
En este contexto, el nivel de cumplimiento de los objetivos operativos en los que se desarrolla este primer objetivo estratégico es el siguiente:
1.1.1. Eliminar el papel en la presentación de autoliquidaciones y solicitudes.
Durante el primer semestre del ejercicio 2020 se ha trabajado intensamente en la eliminación de la captura manual y el consiguiente empleo del papel, en el modelo 600 (autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) y en el modelo 045 (tasa fiscal sobre el juego, en su modalidad de máquinas o aparatos automáticos), habiendo habilitado la posibilidad de cumplimentarlos de forma telemática con captura de la información. En esta línea de trabajo, se ha conseguido superar el objetivo propuesto, según el detalle que se refleja en la siguiente tabla:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Porcentaje de modelos presentados con captura de puntos 60 % 70 % 117 %
1.1.2. Incrementar las opciones de presentación telemática de documentos de entrada.
Durante el primer semestre de 2020, se ha conseguido habilitar la opción de presentación telemática, que incluye la cumplimentación, pago si procede, y presentación de forma telemática, ya sea en su modalidad individual como por grandes presentadores, de los siguientes modelos:
- modelo 620, de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en su modalidad de compra-venta de determinados medios de transporte usados entre particulares,
- modelo 756, de solicitud de devolución de ingresos indebidos.
Adicionalmente, está en trámite la implementación del registro electrónico de representantes en los trámites telemáticos tributarios.
De esta forma, el grado de ejecución del objetivo marcado ha sido el siguiente:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Porcentaje de modelos que se pueden presentar telemáticos respecto del total de modelos que se pueden presentar 37 % 34,67 % 100 %
1.1.3. Avanzar en el expediente electrónico.
La medición de este objetivo se efectúa sobre la base de una serie de hitos que, a nivel conceptual, pueden englobarse en telematizar i) el registro de entrada, ii) el registro de salida, y iii) el tipo de expediente.
De cara a evaluar el cumplimiento de este objetivo, y dada la relevancia de cada una de las fases en el grado de avance en el expediente electrónico, se ha considerado oportuno ponderar las mismas en el sentido de atribuir un 20 % de relevancia a la digitalización de cada uno de los registros (entrada y salida), y el 60 % restante, al resto de trámites relacionados con el expediente.
Teniendo en cuenta lo anterior, durante el primer semestre del ejercicio 2020 se ha conseguido digitalizar los registros de entrada de las Delegaciones de la ATV en Castellón y Alicante (Valencia ya lo estaba), de tal forma que los documentos presentados de manera presencial ante las mismas, pueden ser digitalizados por la oficina de registro en la que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, devolviéndose los originales al interesado. Con ello, el objetivo propuesto se ha visto cumplido, en los siguientes términos:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Grado de avance 10 % 20 % 200 %
IV. Nivel de cumplimiento del objetivo estratégico «Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal».
El segundo de los objetivos estratégicos, «Mejorar las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal», se orienta a perseguir y combatir el fraude fiscal en cualquiera de sus modalidades, y requiere una respuesta de la Administración organizada, permanente, coordinada, planificada y adecuadamente dimensionada. En esta línea, la estrategia de lucha contra el fraude fiscal se diseña desde una triple perspectiva: prevención, control y cooperación, y para su consecución se definen en el Plan Plurianual de Gestión 2020-2023 tres programas estratégicos, que a su vez se desglosan en determinados objetivos operativos, cuyo nivel de cumplimiento es el siguiente:
2.1.1. Mejorar la asistencia personalizada en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, mediante el desarrollo, principalmente, del servicio de cita previa.
Dada la situación sanitaria causada por la Covid-19, las oficinas de información y asistencia de la Agencia permanecieron cerradas desde que se decretó el estado de alarma hasta que se inició la desescalada, motivo por el que las citas previas para atención presencial programadas tuvieron que ser reconducidas a canales alternativos de asistencia. La consecuencia directa fue la reducción del número de asistencias presenciales a contribuyentes.
No obstante lo anterior, y con el fin de continuar prestando a la ciudadanía la ayuda necesaria en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la ATV intensificó otros canales de asistencia, como la información a través de su web de la normativa relacionada con la Covid-19 y sus implicaciones en las actuaciones de la ATV, y la asistencia telefónica y mediante correo electrónico, reforzando para ello el número de funcionarios dedicados a contestar llamadas y correos electrónicos. Así, para atender cuestiones relacionadas con expedientes abiertos se habilitó la cita previa telefónica, a través de la cual, el funcionario del departamento afectado llama al contribuyente citado, en el día y la hora que este haya elegido, para, previas preguntas que permitan asegurar la identidad del consultante, se pueda informar sobre un expediente en curso. Con ello se ha agilizado, en buena parte, la organización de los servicios prestados, y se han evitado desplazamientos innecesarios. Como más abajo se constata, a la vista del éxito del servicio prestado, este canal de atención de expedientes en curso continúa prestándose en la ATV tras el levantamiento del estado de alarma.
En definitiva, en esta métrica se va a considerar no solo la asistencia presencial, sino también la telefónica y la de correo electrónico llevada a cabo durante el primer semestre de 2020.
En cuanto a la medición de la asistencia presencial, los datos son los que a continuación se reflejan:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Número de asistencias a contribuyentes realizadas mediante el sistema de cita previa (presencial) 100.000 20.876 21 %
En cuanto a la asistencia a la ciudadanía a través del correo electrónico, y por lo que se refiere al Departamento de Recaudación, con fecha 27 de marzo de 2020 comenzó a utilizarse una nueva cuenta de correo electrónico (reca_atv@gva.es) para centralizar la atención remota a los contribuyentes en materia de recaudación. Con el formulario de la página web se reciben consultas y se prioriza su resolución, como primer canal prefijado para la prestación de los servicios propios del departamento de recaudación de forma no presencial. Además, en la gestión de este primer canal se incorporan otras consultas de la misma naturaleza que se reciben en la cuenta departamental dpto_recaudacion@gva.es.
A la fecha de medición, el resultado es el siguiente:
Indicador Correos Recibidos Correos Contestados Grado de ejecución
Número de asistencias a contribuyentes realizadas a través del correo electrónico (recaudación) 452 449 99,34 %
Por su parte, desde el Departamento de Gestión se realizaron, igualmente, actuaciones de asistencia al contribuyente a través del correo electrónico habilitado al efecto, siendo los datos obtenidos a 30 de junio de 2020 los que a continuación se refieren:
Indicador Correos Recibidos Correos Contestados Grado de ejecución
Número de asistencias a contribuyentes realizadas a través del correo electrónico (gestión) 4.366 4.148 95 %
Por otra parte, y en relación con la asistencia a la ciudadanía a través de las citas previas telefónicas, el día 1 de junio de 2020 se inicia, a través del Departamento de Recaudación, una nueva vía de atención remota al ciudadano, con la implantación del canal de cita previa telefónica (para expedientes en tramitación), habilitándose 2 circuitos específicos:
A) Circuito APLAFRACC, para expedientes en tramitación de aplazamientos o fraccionamientos.
B) Circuito EMBARG, para expedientes en tramitación por embargos y para la emisión de certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Generalitat Valenciana.
Desde ese momento, de forma planificada se organiza la asistencia telefónica con vistas, por razones sanitarias conocidas, a la mínima asistencia presencial en oficinas. Por su parte, el correo electrónico se mantiene funcional y eficaz para el resto de supuestos en materia de recaudación (expedientes que no están en trámite). Y asimismo, al mismo se reconducen determinadas consultas de cita telefónica previa cuando implican actuaciones más allá de la simple información.
A fecha 30 de junio de 2020, los datos son los reflejados en la siguiente tabla:
Indicador Grado de ejecución Citas realizadas Grado de ejecución
Número de asistencias a contribuyentes realizadas mediante el sistema de cita previa telefónica (recaudación) 627 260 41,47 %
Por su parte, desde el Departamento de Gestión se realizaron, igualmente, actuaciones de asistencia al contribuyente a través del sistema de cita previa telefónica habilitado al efecto, siendo los datos obtenidos a 30 de junio de 2020 los que a continuación se muestran:
Indicador Grado de ejecución Citas realizadas Grado de ejecución
Número de asistencias a contribuyentes realizadas mediante el sistema de cita previa telefónica (gestión) 320 304 95 %
2.1.2. Fomentar la presentación de documentos de entrada por medios telemáticos.
El Indicador que mide este objetivo operativo indica el número de documentos de entrada que han accedido por medios telemáticos respecto del total que se han presentado. Si bien el Indicador se estableció en el 37 %, el valor alcanzado a la fecha de la presente revisión, es del 45 %. La razón fundamental se encuentra en la habilitación del trámite genérico Z para la presentación de autoliquidaciones durante el estado de alarma, como solución de urgencia para evitar desplazamientos y permitir la presentación de autoliquidaciones a quien, a pesar de la suspensión de plazos, deseara hacerlo. Los resultados han sido los siguientes:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Porcentaje de presentación de documentos telemáticos respecto del total de presentaciones efectuadas 37 % 45 % 121,60 %
2.1.3. Impulsar la información fiscal previa en manos del contribuyente.
Las actuaciones que se pretendían realizar durante el ejercicio 2020 para la consecución de este objetivo operativo se concretan en remitir a los potenciales obligados tributarios, dentro del plazo de presentación y, en su caso, pago, cartas de invitación a la asistencia para la confección y presentación de autoliquidaciones y demás declaraciones y documentos con trascendencia tributaria, así como recordatorios masivos del cumplimiento de obligaciones tributarias en supuestos de devengos conocidos a través de otros medios distintos a la declaración o autoliquidación del contribuyente (censo de fallecidos, índices notariales o bases de datos patrimoniales).
No obstante, debido a la situación sanitaria, se ha decidido por el Departamento de Gestión de la ATV no enviar recordatorios de pago durante el estado de pandemia y posponer su emisión al segundo semestre de 2020, razón por la cual, el Indicador, a fecha de la presente revisión, es nulo.
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Número de recordatorios de cumplimiento de obligaciones tributarias remitidos a ciudadanos 10.000 0 0 %
2.1.4. Incrementar el número de presentaciones realizadas por colaboradores sociales en virtud de convenio.
En relación con este objetivo, se propone la modificación de su correspondiente Indicador por otro que refleje mejor la finalidad del objetivo marcado, cual es incrementar las posibilidades de presentación de documentos por colaboradores sociales mediante convenio, en la medida en que implica desarrollos ad hoc para la presentación telemática.
Efectivamente, en el ámbito de la colaboración social se puede actuar como colaborador con autorizaciones individualizadas para cada persona o bien mediante autorizaciones tácitas por el hecho de pertenecer profesionalmente a un colectivo (colegio profesional, asociación o similar) con el que la ATV haya suscrito un convenio de colaboración.
La figura del colaborador social es muy importante para mejorar la difusión de servicios y utilidades que la Administración ofrece a la ciudadanía, y una de sus principales vías para lograrlo es a través de los convenios con colegios profesionales, otras corporaciones de Derecho Público y asociaciones profesionales del ámbito tributario. Se trata garantizar que la información en general y las novedades adoptadas en particular llegan, a través de ellos, a los contribuyentes que representan, facilitando de esta forma el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Se propone modificar el Indicador «Porcentaje de presentación de documentos por colaborador social en virtud de convenio con respecto al total de presentaciones realizadas por colaboradores sociales», por «Porcentaje de modelos que los colaboradores sociales pueden presentar mediante convenio respecto de todos aquellos que son susceptibles de convenio».
Los modelos actualmente vigentes susceptibles de ser conveniados por el volumen de su presentación, son el modelo 600, 620, 650 y 651. Actualmente, y con los desarrollos realizados a lo largo del primer semestre de 2020, los convenios permiten la presentación por esta vía de los modelos 620 y 600 (cuando se trata de documentos notariales), por lo que el grado de consecución del objetivo, a la fecha de la actual revisión, es el que a continuación se detalla:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Porcentaje de modelos que los colaboradores sociales pueden presentar mediante convenio respecto de todos aquellos que son susceptibles de convenio 50 % 40 % 80 %
2.1.5. Impulsar la coordinación y cooperación con el resto de administraciones para la consecución de los objetivos propuestos.
Desde la ATV se está impulsando la colaboración con otras Administraciones Públicas con la finalidad de intercambiar información que le sea útil para el ejercicio de su cometido.
En este sentido, se han mantenido reuniones con otros órganos o entidades de la Generalitat con el fin de intercambiar información relativa a actos o contratos en los que intervienen y que están sometidos a la imposición autonómica; se han planificado actuaciones conjuntas con la AEAT; y se ha mantenido el contacto entre Comunidades Autónomas, entre otras muchas actuaciones que han permitido a la Agencia avanzar en el cumplimiento de sus objetivos.
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Número de actuaciones de coordinación y cooperación con otras Administraciones 12 21 175 %
2.2.1. Alcanzar el 100 % del nivel de cumplimiento del Plan de Control Tributario.
El objetivo en 2020 es alcanzar el valor del 100 % en este objetivo, definiendo el Indicador asociado al mismo como el grado de consecución de los objetivos recogidos en el Plan de Control Tributario anual.
El nivel de cumplimiento del Plan de Control Tributario, a fecha 30 de junio de 2020, ha sido del 45,10 %
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Grado de consecución de los objetivos recogidos en el Plan de Control Tributario 100 % 45,10 % 45,10 %
2.3.1. Incrementar la recaudación neta derivada de actuaciones de gestión recaudatoria en vía ejecutiva por medios propios.
A través de los dos Indicadores asociados a este objetivo, que a continuación se detallan, se evalúa el importe de la recaudación que la ATV realiza por medios propios, sin acudir a agentes recaudadores externos, computando, a estos efectos, la recaudación ejecutiva neta por medios propios obtenida en el primer semestre del ejercicio corriente respecto a la recaudación ejecutiva neta por medios ajenos obtenida en el mismo periodo temporal.
Se pretende, por tanto, un aumento significativo de la eficacia recaudatoria respecto a actuaciones no incluidas en el Convenio para la recaudación en vía ejecutiva entre la Generalitat Valenciana y la AEAT, intensificando las actuaciones desarrolladas directamente por el Departamento de Recaudación.
Respecto al primero de los Indicadores asociados a este objetivo operativo, «Porcentaje de providencias de apremio notificados por la ATV respecto del total de providencias de apremio emitidas por la ATV», indicar que mediante un proceso del circuito de TIRANT, se genera el listado de cargos en ejecutiva con la emisión del listado de providencias de apremio que se remiten para gestión recaudatoria en vía de apremio a la AEAT, entidad que valida informáticamente el listado. Previamente se efectúa una depuración de las providencias a emitir, excluyéndose aquellas en las que consta la integración contable en las cajas de la ATV de la deuda exigible con el recargo ejecutivo correspondiente. Los datos obtenidos hasta el 30 de junio de 2020 reflejan que del total de 7.949 providencias, 1.098 (el 13,81 %) cumplieron estas premisas, y tras su regularización por la ATV, no fueron remitidas a la AEAT. Con los datos referidos, el objetivo propuesto se ha cumplido con plenitud, tal y como se refleja en la siguiente tabla:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Porcentaje de providencias de apremio notificados por la ATV respecto del total de providencias de apremio emitidas por la ATV 5 % 13,80 % 276 %
En cuanto al segundo de los Indicadores que miden el grado de cumplimiento de este objetivo operativo, «Porcentaje de recordatorios de pago remitidos respecto del total de providencias de apremio emitidas por la ATV», es preciso destacar la imprescindible automatización de la operativa por parte del departamento de Informática de la ATV. Al respecto, a fecha 30 de junio no se han obtenido avances significativos en este punto, pues los esfuerzos a nivel informático se centraron en aquellos asuntos que, derivados de la situación sanitaria, resultaron necesarios para que la Agencia pudiera continuar con sus actuaciones en todos los ámbitos, por lo que el condicionamiento previo de la falta de operatividad de la automatización de la operativa, impide la utilización de los recordatorios de pago, y por tanto el Indicador descrito no se ha alcanzado.
Adicionalmente, debido a la situación sanitaria, se ha decidido por el Departamento de Recaudación de la ATV no enviar recordatorios de pago durante el estado de pandemia y posponer su emisión al segundo semestre de 2020, razón por la cual, el Indicador, a fecha de la presente revisión, es nulo.
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Porcentaje de recordatorios de pago remitidos respecto del total de providencias de apremio emitidas por la ATV 4 % 0 % 0 %
2.3.2. Reducir el pendiente de cobro en el marco de las competencias de la ATV.
La actuación operativa asociada pretende la depuración del pendiente de cobro de tributos cedidos, dentro de los plazos de prescripción, para detectar y llevar a cabo posibles actuaciones de reactivación de créditos. Con esta finalidad, se continúa con la labor iniciada en el año 2017, circunscribiéndola, materialmente, a los tributos cedidos, y, temporalmente, a aquellos ejercicios en los que sería viable la reactivación del crédito público, por no haber operado el instituto de la prescripción.
El Departamento de Recaudación ha realizado un análisis exhaustivo y manual de liquidaciones, realizando la conciliación de la información previa contenida en el sistema informático de TIRANT en aras al cumplimiento del principio de imagen fiel.
A fecha 30 de junio de 2020 se había completado la depuración descrita de los ejercicios 2016 y 2017, restando únicamente el primer semestre de 2018.
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Depuración de las liquidaciones de tributos cedidos dictadas hasta el 30/06/N-2 100 % 58,17 % 58,17 %
2.3.3. Disminuir los costes de devolución de ingresos indebidos.
Las acciones previstas para el cumplimiento de este objetivo operativo implican, de una parte, actuaciones preventivas sobre el control de los supuestos de litigiosidad y, de otra parte, actuaciones de gestión relacionadas con la demora en las resoluciones, para minimizar los costes monetarios asociados (intereses de demora), así como los tiempos de espera de los ciudadanos.
Uno de los hitos, si no el principal, que ha coadyuvado a la consecución de este objetivo, ha sido la habilitación del sistema para la solicitud de devolución de ingresos indebidos de forma telemática, a través del modelo 756, tanto de devolución de ingresos indebidos, como si se derivan de la rectificación de una autoliquidación, que ha permitido crear unos cauces seguros y estables para el desarrollo de las relaciones de los particulares y profesionales con la Administración tributaria.
La principal ventaja del sistema radica en que permite una tramitación más rápida y efectiva, pudiendo realizar todos los pasos, sin necesidad de colas ni desplazamientos tanto para la obtención de los modelos de solicitud, como para la presentación y aportación de documentación anexa. Esto posibilita la presentación de solicitudes de devolución de ingresos desde cualquier lugar y a cualquier hora, al margen del horario presencial de las oficinas de información y asistencia.
De esta forma, el grado de cumplimiento del objetivo marcado, a fecha 30 de junio de 2020, alcanza el 86 %, según se muestra a continuación:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Demora (en meses) calculada según la relación entre las solicitudes pendientes al final del ejercicio y la media mensual de documentos despachados 1,75 1,50 86 %
2.3.4. Avanzar en los convenios de colaboración suscritos para la gestión recaudatoria ejecutiva con otros entes administrativos.
En esta área de competencias, las actuaciones son lideradas por el Equipo de Recaudación Ejecutiva I, dependiente del Departamento de Recaudación.
En relación con el primero de los Indicadores, «Número de diligencias de embargo tramitadas», indicar que a fecha 30 de junio de 2020 se habían firmado 9.590 diligencias de embargo, correspondientes a la fase 3 del ciclo «202003» (esto es, el intervalo temporal incluido entre el 1 de enero de 2020 y el 15.03.2020). La fase 3 es aquella en la que ya se ha verificado que el deudor dispone de cuenta bancaria en la entidad de crédito y se dicta la diligencia de embargo.
Hay que considerar que el procedimiento se suspendió desde mediados de marzo, como consecuencia de la Covid-19, reiniciándose los envíos de fases 1 y 2 desde el día 22 de junio de 2020. Con esta información de partida, los resultados alcanzados se muestran en la tabla adjunta:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Número de diligencias de embargo tramitadas 50.000 9.590 19 %
Respecto al segundo de los Indicadores que miden el grado de ejecución de este objetivo operativo, «Ingresos obtenidos por otros entes mediante la actuación de la ATV», a fecha 30 de junio de 2020, el valor del Indicador se situó en el 9,40 % de las diligencias firmadas, aún con la suspensión de envíos de la fase 3 anteriormente reseñada.
Adicionalmente, se han mantenido diversas reuniones con los técnicos del área tributaria del Ayuntamiento de Valencia avanzando en la fase de pruebas de envío de ficheros fase 1. Así, se ha revisado el proceso de cumplimentación de la propuesta de resolución, mediante la elaboración de un formulario que permita tramitar de forma sistematizada los modelos de resolución. Asimismo, se trabaja en el diseño de una pantalla que permita el seguimiento y control de los recursos y se está profundizando en la revisión del propio proceso de envío y recepción de documentación.
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Ingresos obtenidos por otros entes mediante la actuación de la ATV 15 % 9,4 % 63 %
Por último, en relación con el tercero de los Indicadores asociados a este objetivo operativo, «Número de convenios suscritos / número de convenios demandados», cabe indicar que se ha elaborado el borrador del convenio marco de colaboración con las entidades locales para la recaudación ejecutiva. A fecha 30 de junio de 2020, se encuentra en fase de negociación con los principales representantes del ámbito local. A estos efectos, se han mantenido diversas reuniones con técnicos de la Diputación de Valencia y de Castellón, así como con la Diputación de Alicante y SUMA. Está prevista su culminación en los próximos meses.
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Número de convenios suscritos / número de convenios demandados 100 % 0 % 0 %
V. Nivel de cumplimiento del objetivo estratégico «Mejorar la gestión de los recursos asignados a la ATV».
Finalmente, para la consecución del objetivo estratégico «Mejorar la gestión de los recursos asignados a la ATV», se propone continuar optimizando el empleo de los recursos que se ponen a disposición de la Agencia y orientar a las personas que prestan servicio en la misma hacia la obtención de mejores resultados, manteniendo el alto nivel de satisfacción de la ciudadanía por los servicios prestados. El nivel de cumplimiento de los objetivos operativos marcados a estos efectos se detalla a continuación:
3.1.1. Alcanzar el 100 % de cumplimiento de los compromisos de calidad de los servicios que se ofrecen a la ciudadanía en la Carta de Servicios de la ATV.
El Indicador establecido para este objetivo operativo mide el grado de consecución de los objetivos de calidad establecidos en la Carta de Servicios, fijándose como objetivo alcanzar el 100 %.
Tras la evaluación realizada de la Carta de Servicios se ha concluido que el nivel de cumplimiento de los compromisos adquiridos es del 93 %.
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Grado de consecución de los objetivos recogidos en la Carta de Servicios 100 % 93 %(*) 93 %
(*) La medición del cumplimiento de los objetivos recogidos en la Carta de Servicios no ha tenido en cuenta el Indicador relativo al «Porcentaje de municipios atendidos en la campaña anual del IRPF sobre el objetivo previsto», en la medida en que, debido a la situación sanitaria ocasionada por la Covid-19, la Campaña de la Renta 2019 no se pudo realizar de forma presencial, lo que no impidió que la ATV siguiera colaborando en la misma sumándose a la confección de las citas a través del Plan 'Le Llamamos' de la AEAT. Para ello se contrató a 40 agentes, que junto a 4 coordinadores de la ATV, atendieron las citas de forma telefónica desde sus domicilios.
3.1.2. Impulsar las actuaciones de control de calidad de las actuaciones realizadas por la ATV.
Desde la ATV se consideró conveniente, y así se procedió, a fijar las instrucciones relativas al sistema de elaboración de encuestas de satisfacción de los servicios prestados a los ciudadanos en la atención al público de las dependencias tributarias de la Generalitat, basado en técnicas de muestreo y campañas de encuesta de duración temporalmente reducida, con el objeto de lograr la eficiencia en la gestión del retorno de encuestas cumplimentadas.
No obstante lo anterior, y a pesar de tener la documentación y el material necesario para efectuar las encuestas mediante su entrega en papel y su depósito en la pertinente urna, se decidió, dada la situación sanitaria acontecida, suspender su puesta en marcha. A estos efectos, está en trámite la preparación de este sistema de calidad en formato telemático que permita obtener el resultado pretendido y de la forma más práctica para la ciudadanía.
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Número de encuestas de satisfacción realizadas anualmente 4 0 0 %
3.2.1. Avanzar en el desarrollo de determinadas aplicaciones en TIRANT.
Durante el primer semestre del ejercicio 2020 se ha trabajado, por una parte, en el desarrollo del módulo para incumplimiento de vencimientos, dentro del circuito TIRANT de aplazamientos y fraccionamientos, y por otra parte, en el desarrollo de un arquetipo de expediente simple, que contenga los elementos básicos necesarios para cubrir las exigencias de un expediente genérico, al efecto de integrar en TIRANT aquellos procedimientos no integrados con capacidades de integración de documentos provenientes de registro, generación y firma de documentos, así como notificación electrónica. El grado de avance de las tareas mencionadas es el que se detalla a continuación:
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Grado de realización del circuito (% avance) 50 % 27 % 54 %
3.3.1. Incrementar las horas de formación de los empleados públicos que prestan servicios en la ATV.
Este objetivo se mide a través de un Indicador que calcula las horas de formación especializada por empleado y año. Se ha establecido para 2020 la cifra de 25 horas por empleado de formación especializada.
No obstante lo anterior, con motivo de la crisis sanitaria vivida, se suspendieron todas las acciones formativas presenciales que estaban programadas a lo largo del primer semestre del ejercicio 2020. La intención de la Agencia, tanto a nivel interno, como a través de entidades colaboradores en la formación de sus empleados, es continuar con la formación continua, sistemática y planificada, que de forma habitual, se ofrece a los mismos, siendo para ello necesario adaptar la metodología de trabajo, pasando a aquella predominantemente telemática. Se pretende, con ello, que durante el segundo semestre de 2020 se consiga que todo empleado de la Agencia haya recibido la formación que sea de su interés, con la finalidad de alcanzar el objetivo propuesto.
Indicador Previsión resultado 2020 Valor a fecha 30.06.2020 Grado de ejecución
Número de horas de formación especializada por empleado y año 25 0 0 %
VI. Conclusiones.
Del análisis y evaluación realizados, se concluye que el nivel de ejecución del Programa Anual de Actuación es satisfactorio, en la práctica totalidad de los objetivos propuestos.
La Agencia, con los medios personales con los que actualmente cuenta, está trabajando intensamente en la senda marcada por los objetivos estratégicos incluidos en su Plan Plurianual de Gestión, y más concretamente, para la consecución de los objetivos operativos que, más a corto plazo, tiene asignados en su Programa Anual de Actuación del año 2020, del cual, mediante el presente documento, se efectúa su primera revisión semestral.
El primer semestre de 2020 ha estado marcado por la crisis sanitaria originada por la Covid-19, lo que ha supuesto reformular la forma de trabajar internamente, pero también, el modo en que se ha interactuado con la ciudadanía, dadas las necesarias restricciones y limitaciones de diversa índole impuestas como medidas de prevención sanitaria.
Ello ha tenido como consecuencia una inmediata respuesta a las nuevas necesidades, principalmente desde el Departamento de Informática, que, casi obligado por la situación coyuntural vivida, ha tenido que avanzar en sus objetivos de telematización a un ritmo mucho más rápido del previsto, lo que ha dado lugar a que los objetivos operativos que principalmente dependían de sus avances, se hayan cumplido sobradamente.
Resaltar también el esfuerzo que ha realizado y sigue realizando todo el personal de la Agencia por continuar con sus funciones, a pesar de las nuevas formas de trabajo y organización, y principalmente, de cara a la atención a la ciudadanía. Es evidente que la atención presencial ha sufrido una merma, a consecuencia del cierre de las oficinas de la Agencia durante una larga temporada con motivo de la Covid-19, y también posteriormente, por la limitación al número de personas diarias atendidas, pero también es cierto que se ha procurado seguir cumpliendo con la información y asistencia al contribuyente a través del teléfono, del correo electrónico, y como no, de su portal de internet.
Por último, indicar que la experiencia de este primer semestre de aplicación del Programa Anual de Actuación para el año 2020 ha puesto de manifiesto la conveniencia de introducir en el mismo determinadas modificaciones, a fin de corregir los defectos detectados en la formulación de algunos de los objetivos e Indicadores establecidos y de dotarlo de mecanismos adecuados que permitan no solo ajustar los objetivos a alcanzar sino modificarlos cuando así lo requieran las nuevas circunstancias que puedan producirse a lo largo de su periodo de vigencia.
De esta forma, en la elaboración de los Programas de los años consecutivos se incorporarán los objetivos previstos para este ejercicio una vez revisados, y, en su caso, redefinidos de acuerdo con las conclusiones que se puedan extraer en la evaluación anual que del Programa correspondiente al ejercicio 2020 se efectúe, y como consecuencia de los cambios experimentados en el entorno interno y externo de la organización.
