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Resolución de 1 de julio de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se crea la Subcomisión Técnica Asesora para la Hormona de Crecimiento y sustancias relacionadas en el Principado de Asturias en el marco de la Comisión de Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios. [Cód. 2020-05472], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 16-07-2020

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SALUD

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 137

F. Publicación: 16/07/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 137 de 16/07/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

La Consejería de Salud del Principado de Asturias, ante la conveniencia de unificar el procedimiento para la valoración de los tratamientos con Hormona de Crecimiento prescritos a los titulares y beneficiarios de la asistencia sanitaria en esta Comunidad Autónoma y con el objetivo de promover el uso racional de los medicamentos dentro de su ámbito de gestión así como la correcta utilización de los recursos económicos, se plantea la necesidad de someter a la revisión de un comité técnico los tratamientos de Hormona de Crecimiento tanto los nuevos casos, como los tratamientos ya establecidos.

Según lo dispuesto en los apartados c) y d) del artículo 3 de la Resolución de 20 de junio de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se regula la composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, son funciones de la comisión protocolizar los tratamientos farmacoterapéuticos para patologías y/o que por su impacto sanitario, social o económico o por su viabilidad en la utilización de medicamentos hacen necesario su especial supervisión y seguimiento, así como establecer las medidas a adoptar en relación al acceso y utilización de medicamentos y productos sanitarios teniendo en cuenta las conclusiones de los protocolos o informes que hayan sido aprobados.

Por tanto, dicha necesidad puede colmarse en el marco de la Comisión de Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, la cual, funciona en Pleno sin perjuicio de que, en el ejercicio de sus funciones, impulse la creación de Subcomisiones Técnicas Asesoras y grupos de trabajo sobre temas específicos para dictaminar sobre la indicación de tratamientos, realizar informes y propuestas a elevar a la Comisión para su aprobación.

La disposición adicional primera del Decreto 167/2015, de 16 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los órganos de dirección y gestión del Servicio de Salud del Principado de Asturias, estipula que se regulará por resolución de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias la composición, funciones y régimen de funcionamiento de las Subcomisiones Técnicas Asesoras.

En uso de las atribuciones conferidas por la presente,

DISPONGO

Artículo 1.-Objeto.

La presente resolución tiene por objeto crear la Subcomisión Técnica Asesora para la Hormona de Crecimiento y sustancias relacionadas en el Principado de Asturias.

Artículo 2.-Funciones.

La Subcomisión Técnica Asesora para la Hormona de Crecimiento y sustancias relacionadas en el Principado de Asturias tendrá las siguientes funciones:

a) Proponer recomendaciones sobre las pruebas a que deben ser sometidos los pacientes sospechosos de padecer deficiencias de la hormona de crecimiento o de las sustancias relacionadas con ella y los criterios que permiten diagnosticar esta deficiencia.

b) Informar y asesorar sobre las pautas correctas de prescripción de la hormona del crecimiento y de las sustancias relacionadas con ella.

c) Dictaminar sobre los casos en que está indicado iniciar, continuar o suspender los tratamientos con hormona de crecimiento y sustancias relacionadas, así como de seguimiento y valoración de los tratamientos.

d) Elaborar los modelos de documentos para la recogida de datos de aquellos pacientes sospechosos de padecer deficiencias de la hormona de crecimiento o de las sustancias relacionadas con ella. Este documento deberá ser cumplimentado en los centros sanitarios del Servicio de Salud del Principado de Asturias y remitidos a la Subcomisión, que garantizará su confidencialidad.

e) Elaborar una base de datos de todos los casos tratados con la hormona de crecimiento o de las sustancias relacionadas con ella, en el Sistema Sanitario Público del Principado de Asturias.

f) Actuar como órgano de consulta de los médicos que traten este tipo de casos, así como de las instituciones representativas de dichos profesionales.

g) Colaborar con los Comités Asesores en esta materia existentes en territorio español con el fin de homogeneizar actuaciones.

h) Elevar una memoria de actuaciones de carácter anual con el fin de informar respecto al uso de la hormona de crecimiento o de las sustancias relacionadas con ella, en el Sistema Sanitario Público del Principado de Asturias.

i) Cuantas funciones consultivas y de asesoramiento para las que se le requiera por parte del Pleno de la Comisión, en relación con la utilización de la hormona de crecimiento o de las sustancias relacionadas con ella.

Artículo 3.-Composición.

La Subcomisión Técnica Asesora para la Hormona de Crecimiento y sustancias relacionadas en el Principado de Asturias está formada por los siguientes miembros designados por la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias a propuesta de la Dirección General de Política y Planificación Sanitarias de la Consejería de Salud del Principado de Asturias:

- Presidencia: un miembro de la Comisión de Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, que contará con voto de calidad.

- Vocales: cinco personas entre los facultativos especialistas con experiencia en la atención a estos pacientes.

- Secretaría: un profesional farmacéutico del Servicio de Salud del Principado de Asturias, que actuará con voz y sin voto.

Artículo 4.-Régimen de funcionamiento.

1. La Subcomisión Técnica Asesora para la Hormona de Crecimiento y sustancias relacionadas en el Principado de Asturias funciona en el seno de la Comisión de Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, adscrita a la Dirección de Atención y Evaluación Sanitaria de los Servicios Centrales del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

2. Es un órgano colegiado de participación en el asesoramiento del Sistema Sanitario Público en los aspectos concretos que constituyen su área de conocimiento.

3. Sus informes, recomendaciones y propuestas serán remitidos al Presidente de la Comisión para su aprobación. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple y en caso de empate decidirá el voto de calidad del/la Presidente. Supletoriamente se regirá por lo previsto para este tipo de órganos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4. Garantizará la confidencialidad de los datos contenidos en los protocolos y el derecho a la intimidad de todos los individuos sujetos a estudio.

Disposición final única.-Entrada en vigor

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 1 de julio de 2020.-La Directora Gerente.-Cód. 2020-05472.