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RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se declaran las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2021., - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 22-12-2020

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Ambito: Madrid

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 311

F. Publicación: 22/12/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 311 de 22/12/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

De acuerdo con la previsión contenida en el artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto-Legislativo 2/2015, de 23 de octubre ( Boletín Oficial del Estado del 24 de octubre), las fiestas laborales, de carácter retribuido y no recuperable, comprenderán dos fiestas locales.

Esta Dirección General de Trabajo, vistas las propuestas formuladas al efecto por los respectivos Ayuntamientos y en uso de las competencias atribuidas por el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio ( Boletín Oficial del Estado del 11 de julio), en relación con el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio ( Boletín Oficial del Estado del 29 de julio), declarado vigente por el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre ( Boletín Oficial del Estado del 26 septiembre), y con el Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de noviembre),

ACUERDA

Declarar inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, en el año 2021, los días de fiestas locales que, con referencia a sus respectivos municipios, se incluyen en la lista siguiente:

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Madrid, a 10 de diciembre 2020.-El Director General de Trabajo, Álvaro Rodríguez de la Calle.

(03/34.171/20)