RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2022 por la que se modifican los anexos II a IX de la Orden de 9 de diciembre de 2020 por la que se aprueban los diferentes modelos de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en la Comunidad Autónoma de Galicia y se regulan el procedimiento y las condiciones para su pago y presentación, así como determinadas obligaciones formales y de suministro de información tributaria., - Diario Oficial de Galicia, de 14-01-2022
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Ambito: Galicia
Órgano emisor: AGENCIA TRIBUTARIA DE GALICIA
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 9
F. Publicación: 14/01/2022
La Orden de 9 de diciembre de 2020 aprueba los diferentes modelos de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en la Comunidad Autónoma de Galicia y regula el procedimiento y las condiciones para su pago y presentación, así como determinadas obligaciones formales y de suministro de información tributaria.
Para adaptarlos a diversos cambios normativos se modificaron los anexos de dicha orden en las resoluciones de la Agencia Tributaria de Galicia de 25 de enero, de 4 de marzo y de 14 de mayo de 2021.
La Ley de medidas fiscales y administrativas para el año 2022 modifica, entre otros extremos, el tipo impositivo aplicable a la transmisión de bienes inmuebles, así como en la constitución y cesión de derechos reales que recaigan sobre estos, excepto los derechos reales de garantía, que pasa a ser del 9 %.
Por otra parte, el Decreto 112/2021, de 22 de julio, por el que se aprueba el uso de los elementos básicos de la identidad corporativa de la Xunta de Galicia, aprobó la imagen corporativa institucional del Gobierno y del sector público autonómico de Galicia.
En su artículo 2 establece que la Administración general y el sector público autonómico de Galicia se ajustarán a lo previsto en esta norma en lo relativo:
a) A la elaboración y emisión de documentos, modelos normalizados y material impreso.
b) A las informaciones, publicaciones, comunicaciones o cualquier expresión en todo tipo de soportes, incluidos los medios electrónicos y/o digitales y audiovisuales, así como los carteles o las señalizaciones que elaboren o utilicen.
Lo expuesto hace necesario modificar y adaptar los anexos II a IX de la Orden de 9 de diciembre de 2020, siendo competente para ello la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de Galicia con base en la habilitación normativa prevista en la disposición adicional sexta de dicha orden.
En consecuencia,
RESUELVO:
Primero. Modificar los anexos II a IX de la Orden de 9 de diciembre de 2020 por la que se aprueban los diferentes modelos de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en la Comunidad Autónoma de Galicia y se regulan el procedimiento y las condiciones para su pago y presentación, así como determinadas obligaciones formales y de suministro de información tributaria, que pasan a ser los siguientes:
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Segundo. Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación.
Disposición transitoria
Los modelos en papel de autoliquidaciones que son sustituidos mediante esta resolución seguirán teniendo validez y eficacia hasta su agotamiento.
Santiago de Compostela, 10 de enero de 2022
Mª Victoria González Vázquez
Directora de la Agencia Tributaria de Galicia
