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Resolución de 10 de febrero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el V Acuerdo sobre solución autónoma de conflictos laborales (sistema extrajudicial). - Boletín Oficial del Estado de 23-02-2012

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 23 de Diciembre de 2020 por Resolucion de 10 de diciembre de 2020, de la Direccion General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Acuerdo sobre Solucion Autonoma de Conflictos Laborales (Sistema Extrajudicial).

F. entrada en vigor: 01/01/2012

Órgano emisor: MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 46

F. Publicación: 23/02/2012

  • Norma que extiende su vigencia desde el 31 de diciembre de 2016 hasta que se alcance un nuevo acuerdo, tras haberse remitido escrito de denuncia a la Autoridad Laboral con fecha de 23 de junio de 2016.

Primero. Segundo.
V ACUERDO SOBRE SOLUCIÓN AUTÓNOMA DE CONFLICTOS LABORALES
PREÁMBULO
TÍTULO I
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito territorial y temporal. Artículo 3. Naturaleza y eficacia jurídicas. Artículo 4. Conflictos afectados.
CAPÍTULO II. El Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA)
Artículo 5. Naturaleza jurídica y funciones. Artículo 6. Funcionamiento del Servicio. Artículo 7. Designación de mediadores y árbitros.
TÍTULO II. Procedimientos de solución de conflictos
CAPÍTULO I. Disposiciones comunes a los procedimientos de solución de conflictos
Artículo 8. Procedimientos. Artículo 9. Principios rectores de los procedimientos. Artículo 10. Intervención previa de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo. Artículo 11. Eficacia de las soluciones alcanzadas.
CAPÍTULO II. Procedimiento de mediación
Artículo 12. Cuestiones generales. Artículo 13. Sujetos legitimados para solicitar la mediación. Artículo 14. Solicitud de la mediación. Artículo 15. Actuación de los mediadores. Artículo 16. Finalización de la mediación. Artículo 17. Procedimiento específico en los supuestos de huelga.
CAPÍTULO III. Procedimiento de arbitraje
Artículo 18. Cuestiones generales. Artículo 19. Sujetos legitimados para solicitar el arbitraje. Artículo 20. Solicitud del arbitraje. Artículo 21. Actuación de los árbitros. Artículo 22. Eficacia del laudo arbitral.
TÍTULO III
Artículo 23. Comisión de Seguimiento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª. D.A. 3ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. ANEXO DE RECOMENDACIONES SOBRE LAS COMISIONES PARITARIAS