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RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2021, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se modifica parcialmente la Resolución de 30 de octubre de 2020, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se adecúan las medidas excepcionales que hay que adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Generalitat con motivo de la Covid-19. [2021/213], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 12-01-2021

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACION PUBLICA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8995

F. Publicación: 12/01/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8995 de 12/01/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

Por la Resolución de 30 de octubre de 2020, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública por la que se adecúan las medidas excepcionales que hay que adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Generalitat con motivo de la Covid-19, se estableció, en su apartado tercero: «[...] las personas titulares de la Subsecretaría de la Presidencia de la Generalitat y de las distintas consellerias, así como de los órganos que ostenten la dirección superior de personal de los respectivos organismos públicos adscritos a las mismas, podrán organizar turnos rotatorios presenciales y no presenciales del personal a su cargo, de manera que pueda reducirse la presencialidad en los puestos de trabajo hasta un 30%, como máximo, del total de efectivos, y se garantice la presencia de al menos el 70%, ya sea en horario de mañanas o en horario voluntario de tardes, sin que ello suponga merma alguna en la prestación del servicio.» Vista la evolución actual de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, y su incidencia en la prestación del servicio público, se considera conveniente adoptar nuevas medidas preventivas que garanticen dicha prestación sin menoscabo de la seguridad y la salud del personal empleado público durante el tiempo necesario que requieran las nuevas circunstancias de la pandemia, ampliando el porcentaje en que pueda reducirse la presencialidad en los puestos de trabajo respecto del total de efectivos. Así pues, en base a lo expuesto y en el ejercicio de las competencias atribuidas a la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell; el artículo 9 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, y la disposición final primera del Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat; habiendo dado conocimiento de las medidas contenidas en la presente resolución a la comisión de seguimiento prevista en el apartado decimosexto del anexo II del Acuerdo de 19 junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19, resuelvo:

Primero

Modificar el párrafo segundo del apartado tercero de la Resolución de 30 de octubre de 2020, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se adecúan las medidas excepcionales que hay que adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Generalitat con motivo de la Covid-19, que queda redactado como sigue:

«En dicho marco, las personas titulares de la Subsecretaría de la Presidencia de la Generalitat y de las distintas consellerias, así como de los órganos que ostenten la dirección superior de personal de los respectivos organismos públicos adscritos a las mismas, podrán organizar turnos rotatorios presenciales y no presenciales del personal a su cargo, de manera que pueda reducirse la presencialidad en los puestos de trabajo hasta un 50% como máximo del total de efectivos, y se garantice la presencia de al menos el 50%, ya sea en horario de mañanas o en horario voluntario de tardes, sin que ello suponga merma alguna en la prestación del servicio.»

Segundo

La modificación de las medidas organizativas que se adopten para incrementar el porcentaje de puestos de trabajo que presten servicios en la modalidad de trabajo no presencial, del anterior 30% hasta el 50% como máximo, previsto en el apartado anterior, por suponer una modificación del correspondiente plan de actuación referido en la Resolución de 30 de octubre de 2020, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, deberán ser objeto de consulta y participación con la representación sindical de las trabajadoras y los trabajadores del respectivo comité de Seguridad y Salud, tal y como se prevé en el párrafo quinto, del apartado tercero, de la citada resolución.

Tercero

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y sus efectos, que tendrán carácter temporal, se extenderán en función de la evolución de la crisis sanitaria desencadenada por la pandemia de la Covid-19.

València, 11 de enero de 2021.- La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública: Gabriela Bravo Sanestanislao.