Legislación

RESOLUCION de 11 de mayo de 2005, de la Direccion General de la Policia, por la que se dispone la reanudacion de las pruebas de aptitud tecnico profesional para investigadores o informadores, cuya superacion sustituira al Diploma de Detective Privado en los expedientes de habilitacion para la obtencion de la tarjeta de identidad profesional de detective privado. - Boletín Oficial del Estado, de 10-06-2005

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Junio de 2005

F. entrada en vigor: 30/06/2005

Órgano emisor: MINISTERIO DEL INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 138

F. Publicación: 10/06/2005

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 138 de 10/06/2005 y no contiene posibles reformas posteriores

Por Resolución de este Centro Directivo de fecha 25 de noviembre de 1996 ( B. O. E. núm. 298, de 11 de diciembre de 1996) , se convocaron las pruebas de aptitud técnico profesional para investigadores o informadores, cuya superación sustituirá al diploma de detective privado en los expedientes de habilitación para la obtención de la tarjeta de identidad profesional de detective privado.

Iniciado el proceso selectivo de referencia y cuando ya se había publicado la lista provisional de admitidos y excluidos (Resolución de la Dirección General de la Policía de 24 de abril de 1997-Boletines Oficiales del Estado números 129 y 136 de fechas 30 de mayo de 1997 y 7 de junio de 1997, respectivamente) , la Sección 8. ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha 24 de junio de 1997 ( Recurso 08/81/1997, interpuesto por la Unión Profesional de Investigadores Mercantiles UPIME y otros, contra la citada Resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 25 de noviembre de 1996) , dictó auto en pieza separada de suspensión por el que se acordó, cautelarmente, la suspensión de esta última resolución, hasta tanto no recayese resolución definitiva en los recursos interpuestos contra las normas que servían de cobertura legal a la misma, lo que motivó la suspensión del referido proceso selectivo.

Declarada la incompetencia de aquella Sala para conocer del citado recurso ( Auto de 6 de noviembre de 1997) , se remitieron las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, asignándose el mismo a la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que siguió su tramitación bajo el número 410/1998.

Con fecha 5 de febrero de 2004, la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictó sentencia núm. 89, ya firme, en el recurso núm. 410/98, en cuyo fallo se dispone: «Que desestimando el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Sra. Villanueva Camuñas, en nombre y representación de la Asociación Profesional de Investigadores Mercantiles (UPIME) , la Asociación Española de Peritos Judiciales de Investigación Mercantil (ASEPJIME) y la Unión Española de detectives (UNED) , contra la Resolución de la Dirección General de la Policía de 25 de noviembre de 1996, Debemos declarar y declaramos que las mentadas resoluciones se encuentran ajustadas a derecho.»

Por cuanto antecede, vistos los informes al respecto emitidos por la Abogacía de Estado en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, así como por la Vicesecretaría General Técnica del Ministerio del Interior; de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución Española, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en ejecución de dicha sentencia,

Esta Dirección General acuerda:

Primero. La reanudación del citado proceso selectivo y su prosecución a partir del momento en que, en cumplimiento del referido auto, se dispuso su suspensión.

Segundo. La publicación en el Boletín Oficial del Estado de la lista provisional de admitidos y excluidos a la convocatoria de referencia (Anexos I y II, respectivamente) , concediendo un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación, para que los interesados puedan alegar lo que estimen conveniente a su derecho.

Tercero. Dado el tiempo transcurrido desde la suspensión del proceso y atendiendo a razones de eficacia y funcionalidad, designar un nuevo Tribunal Calificador, que estará integrado por los siguientes miembros:

Titulares: Presidente: Don Emilio Prieto Andrés, Comisario, Jefe de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía.

Vocales: D. José Luis Rodríguez Moreno, Comisario, Jefe del Área de Procesos Selectivos, de la División de Formación y Perfeccionamiento; D. Ángel Verdugo Gonzalo, Inspector Jefe, Jefe de la Sección Administrativa o Técnica de la Unidad Central de Seguridad Privada, de la Comisaría General de Seguridad Privada; D. Rafael Fausto Navarro García, Inspector Jefe, Jefe de Sección Operativa de la Unidad Central de Seguridad Privada, de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana; D. Angel Bernardos Mañas, Inspector Jefe, Jefe de Servicio del Área de Procesos Selectivos, de la División de Formación y Perfeccionamiento; D. Antonio Pérez Jiménez, Inspector Jefe, Jefe de Sección Administrativa o Técnica del Área de Procesos selectivos, de la División de Formación y Perfeccionamiento; D. Gonzalo Sánchez Caño, Inspector, Jefe de Sección Administrativa o Técnica del Área de Procesos Selectivos, de la División de Formación y Perfeccionamiento.

Suplentes: Presidente: Don José Marín Manzanera, Comisario, Comisario General de Seguridad Ciudadana, de la Dirección General de la Policía.

Vocales: D. Gregorio Parra Pérez, Inspector Jefe, Jefe de Grupo Operativo de la Unidad Central de Seguridad Privada, de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana; D. Urbano Pérez García, Inspector Jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada, de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana; D. ª María Amparo Santos Cesa, Inspectora Jefe, Jefe de Sección Operativa de la Unidad Central de Seguridad Privada, de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana; D. Abelardo Ramos Frade, Inspector Jefe, Jefe de Sección Operativa de la Unidad Central de Seguridad Central de Seguridad Privada, de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana; D. Marcelino Moronta Vicente, Inspector Jefe, Jefe de Grupo Operativo, de la División de Formación y Perfeccionamiento; D. Carlos Lorenzo Vázquez, Inspector Jefe, de la División de Formación y Perfeccionamiento.

Madrid, 11 de mayo de 2005. El Director General, Víctor García Hidalgo.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)