RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2019, del Director General del Servicio Público de Empleo, por la que se ordena la publicación de los formularios anexos a la solicitud de subvenciones destinadas al fomento de la contratación, en las empresas del mercado ordinario, de mujeres víctimas de violencia de género, personas víctimas del terrorismo y personas en situación o riesgo de exclusión social., - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 04-03-2019
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Ambito: Madrid
Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA, EMPLEO Y HACIENDA
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 53
F. Publicación: 04/03/2019
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2018, por el que se aprueban normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento de la contratación, en las empresas del mercado ordinario, de mujeres víctimas de violencia de género, personas víctimas del terrorismo y personas en situación o riesgo de exclusión social, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 25 de julio de 2018, establece en su artículo 11 que las solicitudes se cumplimentarán en el documento que figura como Anexo I adjunto al citado Acuerdo y se acompañará de la documentación y los Anexos especificados en el artículo 12.
En el apartado 10 datos de las personas contratadas del Anexo I y en el Anexo IV, publicados el 25 de julio, se omitió incluir el colectivo recogido en el artículo 6.2 de las bases reguladoras, referido a aquellas personas que hubieran participado, sin que hubiera transcurrido más de tres meses desde su finalización, en el programa de reactivación e inserción laboral para personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo, regulado por la Orden de 30 de agosto de 2017, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda. Esta omisión se corrige en los Anexos que se publican en la presente Resolución.
Por otro lado, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, por la que se adapta el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, General de Protección de Datos y se garantizan los derechos digitales de la ciudadanía, conforme al mandato establecido en el artículo 18.4 de la Constitución, establece que lo dispuesto en sus Títulos I a IX y en los artículos 89 a 94 sea, de aplicación a cualquier tratamiento total o parcialmente automatizado de datos personales, así como al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero, lo que obliga a la adaptación de los Anexos del Acuerdo, de 10 de julio de 2019, a la citada norma.
De conformidad con lo establecido en el apartado 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID los impresos normalizados de procedimientos administrativos, por resolución del órgano correspondiente, previo informe de la Dirección General de Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano.
En virtud de la normativa citada y demás de pertinente aplicación, en el ejercicio de las competencias atribuidas, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 72/2015, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 139/2016, de 30 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.
RESUELVO
Primero
Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del modelo de solicitud Anexo I, así como los Anexos II, III, IV y V, correspondientes al procedimiento de concesión directa, de subvenciones destinadas al fomento de la contratación, en las empresas del mercado ordinario, de mujeres víctimas de violencia de género, personas víctimas del terrorismo y personas en situación o riesgo de exclusión social.
Segundo
La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 12 de febrero de 2019.-El Director General del Servicio Público de Empleo, José María Díaz Zabala.
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