Legislación

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2020, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se aprueban las revisiones de los planes de prevención de incendios forestales de los parques naturales del Desert de les Palmes, de la Serra d'Irta y de la Marjal de Pego-Oliva. [2020/1871], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 10-03-2020

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMATICA Y TRANSICION ECOLOGICA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8758

F. Publicación: 10/03/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8758 de 10/03/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

La red de espacios naturales ha sido siempre un objetivo prioritario de todas las actuaciones de prevención de incendios forestales desarrolladas por la Generalitat, prioridad que se ha manifestado tanto en las figuras de planificación como en las de actuación.

Sin embargo, los espacios naturales por sus propias características, requieren de figuras propias de ordenación sectorial, tanto en materia ambiental general, como en este caso, en prevención de incendios forestales. Conscientes de esta realidad, se aprobó el plan de prevención de incendios forestales del Parque Natural del Desert de les Palmes mediante la Resolución de 22 de mayo de 2006, del conseller de Territorio y Vivienda (DOGV 5270, 31.05.2006), el plan de prevención de incendios forestales del Parque Natural de la Serra d'Irta mediante la Resolución de 31 de mayo de 2006, del conseller de Territorio y Vivienda (DOGV 5299, 10.07.2006) y el plan de prevención de incendios forestales del Parque Natural de la Marjal de Pego-Oliva mediante la Resolución 22 de mayo de 2006, del conseller de Territorio y Vivienda (DOGV 5270, 31.05.2006). Los tres planes con una vigencia prevista de 10 años desde su aprobación.

Durante el proceso de revisión se ha realizado un análisis del grado de cumplimiento alcanzado de los planes aprobados, así como una fase de consultas a diferentes agentes implicados en la gestión de los parques.

La directriz básica seguida en las revisiones ha sido la adaptación de los planes a la realidad actual, así como a las infraestructuras de prevención de incendios previstas en los planes de prevención de incendios forestales de las demarcaciones de Vall d'Alba, Sant Mateu, Polinyà del Xúquer y Altea, siendo una premisa fundamental el hacer compatible la necesaria protección y defensa contra incendios forestales con la conservación y preservación de los valores ambientales de los parques naturales.

La revisión los tres planes se ha sometido al procedimiento de Estimación de Impacto Ambiental Simplificada, habiendo obtenido los correspondientes Informes Ambientales y Territoriales Estratégicos Favorables.

Conforme a lo anterior y a propuesta del director general de Prevención de Incendios, resuelvo:

Primero. Aprobación de la Revisión y contenido

Aprobar la Revisión del plan de prevención de incendios forestales del Parque Natural del Desert de les Palmes, la Revisión del plan de prevención de incendios forestales del Parque Natural de la Serra d'Irta y la Revisión del plan de prevención de incendios forestales del Parque Natural de la Marjal de pego-Oliva.

Las revisiones de los planes están estructuradas en cuatro bloques:

1. Análisis y diagnóstico: Incluye información detallada de los incendios ocurridos en el ámbito del espacio natural durante los últimos diez años, análisis comparativo con el análisis histórico de incendios del plan que se revisa y diagnóstico de la situación actual.

2. Plan de actuaciones para la prevención de la iniciación de las causas de incendios: incluye medidas normativas, de conciliación, de difusión, de actualización de la zonificación del riesgo de incendio y de vigilancia.

3. Plan de actuaciones para la prevención de la propagación: incluye la elaboración de un estudio de puntos estratégicos para la prevención de incendios, la ejecución de las infraestructuras previstas en el plan de prevención de incendios de la demarcación correspondiente, la mejora de áreas de uso público y el fomento de actividades agropecuarias.

4. Memoria económico-financiera elaborada con un horizonte de diez años.

Todos los documentos que componen las revisiones de los planes, elaborados para una mayor operatividad exclusivamente en formato digital, serán accesibles a través de la página web de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.

Segundo. Autorización para el desarrollo y ejecución

Se faculta al director general competente en prevención de incendios forestales, al director general competente en el medio natural y en evaluación ambiental y al director general competente en agricultura, ganadería y pesca para, en el ámbito de sus atribuciones, dictar las disposiciones y adoptar las medidas precisas para el desarrollo y fomento de los planes revisados.

Tercero. Carácter subsidiario

El contenido de las presentes Revisiones del plan de prevención de incendios forestales del Parque Natural del Desert de les Palmes, del plan de prevención de incendios forestales del Parque Natural de la Serra d'Irta y del plan de prevención de incendios forestales del Parque Natural de la Marjal de Pego-Oliva constituye la directriz técnica en esta materia en el ámbito de los parques naturales, sin perjuicio de lo establecido en la normativa general de prevención de incendios forestales, como en su marco legislativo propio, en concreto el Decreto 95/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Desert de les Palmes (DOGV 2518, 30.05.1995), el Decreto 78/2001, de 2 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de la Serra d'Irta (DOGV 3979, 12.04.2001), el Decreto 4/2007, de 12 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Serra d'Irta (DOGV núm.5.431 de 18.01.2007), y el Decreto 280/2004, de 17 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de la Marjal de Pego-Oliva (DOGV 4910, 24.12.2004).

Contra la presente resolución que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana de conformidad con lo que dispone el artículo 10 y concordantes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición ante la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

València, 12 de febrero de 2020.- La consellera: Mireia Mollà Herrera.