Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los programas de formación del personal de seguridad privada. - Boletín Oficial del Estado de 10-12-2012
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Diciembre de 2012
Órgano emisor: MINISTERIO DEL INTERIOR
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 296
F. Publicación: 10/12/2012
Preambulo
Primero. Contenidos mínimos de los módulos profesionales de formación de los vigilantes de seguridad, vigilantes de explosivos y escoltas privados.
Segundo. Contenidos mínimos de los programas de los cursos de detectives privados.
Tercero. Actuaciones de control y comprobación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Habilitación competencial.
D.A. 2ª. Desarrollo normativo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación de la formación previa establecida para los vigilantes de seguridad, vigilantes de explosivos y escoltas privados.
D.T. 2ª. Adaptación de la formación previa establecida para los detectives privados.
D.T. 3ª. Excepciones a la obligatoriedad de realizar los cursos de formación específica.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.
ANEXO I. CONTENIDOS MÍNIMOS DE LOS MÓDULOS PROFESIONALES DE FORMACIÓN PREVIA PARA VIGILANTES DE SEGURIDAD, VIGILANTES DE EXPLOSIVOS Y ESCOLTAS PRIVADOS
ANEXO II. CONTENIDOS MÍNIMOS DE LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN ESPECÍFICA DE VIGILANTES DE SEGURIDAD
ANEXO III. CONTENIDOS MÍNIMOS DE LOS CURSOS DE DETECTIVES PRIVADOS