Resolución de 13/11/2020, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba la utilización de planta injertada con material estándar para la campaña de plantación 2020/2021 en el marco de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo en Castilla-La Mancha. [2020/9543], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 23-11-2020
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Ambito: Castilla-La Mancha
Órgano emisor: CONSEJERIA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 236
F. Publicación: 23/11/2020
Visto el artículo 23.6 de la Orden 24/2018, de 8 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2019 y 2020, además en aquellos casos de operaciones bienales paralizadas por causa de fuerza mayor motivado por el estado de alarma declarado para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, las cuales se han podido extender, previa autorización y justificación, al ejercicio financiero 2021 en base a la Orden 100/2020, de 24 de julio, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 24/2018, de 8 de febrero, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2019 y 2020.
Visto el artículo 23.6 de la Orden 6/2019, de 22 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el programa de apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2020 y 2021 y visto el artículo 23.6 de la Orden 13/2020, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el programa de apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2021 y 2022, y existiendo informes técnicos que ponen de manifiesto que en la campaña 2020/2021 la demanda de material certificado es superior a la oferta en determinadas variedades y de acuerdo con la disposición final primera de ambas órdenes, resuelvo:
Autorizar excepcionalmente para la campaña 2020/2021 la certificación de plantaciones, dentro de la ayuda a la reestructuración del viñedo, con planta injertada con material estándar sobre portainjerto certificado para las siguientes variedades: Albillo Real, Bobal, Cabernet Franc, Colombard, Chardonnay, Garnacha Blanca, Garnacha Peluda, Garnacha Tintorera, Malbec, Malvasía Aromática, Merlot, Moravia, Petit Verdot, Riesling, Rojal Tinta, Tinto de la Pámpana Blanca y Tinto Velasco.
En el caso de que se desee plantar alguna variedad para la cual no haya existencia de planta certificada y no se encuentre incluida en el párrafo anterior, previamente a la realización de la plantación, se procederá a solicitar autorización para su ejecución con material estándar. Dicha solicitud, se deberá realizar de forma telemática a través del formulario habilitado en la página web de la Junta de Comunidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:
https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=SJLZ (apartado presentar solicitud )
y se dirigirá a la Dirección General de Agricultura y Ganadería. A esta solicitud se adjuntarán tres certificados de comerciantes y/o viveros de plantas de vid, de la provincia en la que se sitúa la parcela o de la provincia limítrofe, en los que se debe indicar la inexistencia de planta certificada para la variedad para la que se solicita la plantación con material estándar y, en su caso, la relación de los viveros que le suministran plantas de vid a dicho comerciante, al efecto de poder realizar las comprobaciones oportunas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso administrativo podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos (como las personas jurídicas, las entidades sin personalidad y las personas físicas que representen a las anteriores), a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:
https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=SJLZ (apartado presentar solicitud ).
Toledo, 13 de noviembre de 2020
La Directora General de Agricultura y Ganadería
CRUZ PONCE ISLA
