Resolución de 13 de abril de 2020, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se garantiza durante el estado de alarma la continuidad del abono del subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de los mutualistas. - Boletín Oficial del Estado de 15-04-2020
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 25 de Abril de 2020
F. entrada en vigor: 16/04/2020
Órgano emisor: MINISTERIO DE POLITICA TERRITORIAL Y FUNCION PUBLICA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 105
F. Publicación: 15/04/2020
1. Comunicación a MUFACE de mutualistas que deben continuar en situación de IT.
2. Contenido mínimo de la comunicación.
3. Justificación de la enfermedad durante el estado de alarma.
4. Alcance de la medida de mantener el 100 % de las retribuciones más allá del día 91.º de la IT.
ANEXO 1. Contenido básico de la comunicación de los órganos de personal a MUFACE para la continuidad del pago del subsidio durante el estado de alarma