Legislación

RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2022, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte y de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública, por la cual se ejecuta la Sentencia número 401/2021, de fecha 19 de julio de 2021, en recurso contencioso-administrativo número 337/2018, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. [2022/309], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 18-01-2022

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9258

F. Publicación: 18/01/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9258 de 18/01/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Hechos

Primero. Mediante Sentencia núm. 401/2021, de fecha 19 de julio de 2021, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, se estima el recurso contencioso-administrativo núm. 337/2018 interpuesto por el Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana contra la Resolución de 13 de junio de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la cual se dictan instrucciones y orientaciones de atención sanitaria al alumnado con problemas de salud crónica en horario escolar, la atención a la urgencia, así como la administración de medicamentos y la existencia de botiquines en los centros escolares, declarándose nula la mencionada resolución.

Segundo. En fecha 15 de noviembre de 2021, se recibe testimonio en este órgano de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, para que se lleve a puro y debido efecto la sentencia recaída en el procedimiento ordinario núm. 4/000337/2018- MV.

A estos hechos les son aplicables los siguientes

Fundamentos de derecho

Único. Son órganos competentes para adoptar la presente resolución la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte conforme a la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y el Decreto 173/2020, de 30 de diciembre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, conforme al Decreto 185/2020, de 16 de noviembre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, resolvemos:

Ejecutar la Sentencia 401/2021, de fecha 19 de julio de 2021, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, por la cual se estima el recurso contencioso-administrativo núm. 337/2018, interpuesto por el Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana contra la Resolución de 13 de junio de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, dejando sin efecto la mencionada resolución, que ha sido declarada nula.

De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recorrido potestativamente en reposición o bien habrá que plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición tendrá que interponerse ante el consejero con competencias en materia educativa en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo tendrá que plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 13 de enero de 2022.- El conseller de Educación, Cultura y Deporte: Vicent Marzà i Ibáñez. La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública: Ana Barceló Chico.

Mapa web