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Resolución de 13 de marzo de 2018, de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental del Principado de Asturias 2018-2020. [Cód. 2018-02831], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 28-03-2018

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACION DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 73

F. Publicación: 28/03/2018

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 73 de 28/03/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

Antecedentes de hecho

Primero.? Por Resolución de la entonces Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, de 25 de abril de 2014, se aprobó el primer Plan de Inspección Ambiental del Principado de Asturias, con vigencia hasta final del año 2017.

Segundo.? Durante los años 2014 a 2017, ambos inclusive, la dirección general con competencias en materia de control ambiental fue aprobando y ejecutando los correspondientes programas anuales, para la inspección ambiental de las actividades económicas con incidencia sobre el medio, en el ámbito competencial de la comunidad autónoma.

Tercero.? Finalizado el plazo de vigencia del anterior Plan de Inspección Ambiental, se hace necesario aprobar un nuevo instrumento de planificación que dé continuidad a la línea de actuación anterior, incorporando nuevos objetivos en base a la experiencia adquirida.

Este Plan de Inspección, que se establece con un ámbito temporal 2018-2020, se refiere a las instalaciones con autorización ambiental integrada; a otras instalaciones con autorización ambiental en materia de atmósfera, aguas o residuos; y a los traslados transfronterizos de residuos.

Fundamentos de derecho

Primero.? El Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, establece en su artículo 23, punto 1, que los órganos competentes para realizar las tareas de inspección ambiental garantizarán que todas las instalaciones bajo el ámbito de aplicación de la Directiva de emisiones industriales estén cubiertas por un plan de inspección ambiental que considere la totalidad del ámbito territorial en que éstas operen y garantizará que este plan es objeto de periódica revisión y, cuando proceda, actualización.

Por otra parte, el punto 2 del artículo 23 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, establece que, basándose en los planes de inspección, los órganos competentes elaborarán regularmente programas de inspección ambiental que incluyan la frecuencia de las visitas de inspección a los emplazamientos para los distintos tipos de instalaciones.

Este Reglamento indica asimismo que los planes y programas deberán ponerse a disposición del público, entre otros, por medios electrónicos, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Segundo.? Por su parte, el Reglamento (CE) n.º 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos, fue modificado por el Reglamento UE n.º 660/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, fijando la obligación de establecer planes de inspección de los traslados transfronterizos de residuos, basados en una evaluación sistemática de riesgos.

Tercero.? El Decreto 68/2015, de 13 de agosto, modificado por Decreto 46/2017, de 26 de julio, establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y dispone que corresponde a la Dirección General de Prevención y Control Ambiental la aplicación de los instrumentos preventivos de intervención ambiental, así como el control, inspección y vigilancia de las actividades con incidencia sobre el medio.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho,

RESUELVO

Primero.? Aprobar el Plan de Inspección Ambiental del Principado de Asturias 2018-2020, que se acompaña como anexo a esta Resolución.

Este Plan de Inspección Ambiental incorpora sendas metodologías de evaluación de riesgos para la inspección de instalaciones en el régimen de prevención y control integrados de la contaminación y de traslados transfronterizos de residuos.

Segundo.? Disponer la publicación en el BOPA de la presente resolución y su anexo.

Oviedo, 13 de marzo de 2018.? El Consejero de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Fernando Lastra Valdés.? Cód. 2018-02831.

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