RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento de 'Expedición de certificado de empresa, para la manipulación de gases fluorados' y se publica el modelo de formulario asociado a la tramitación. (2021062300), - Diario Oficial de Extremadura, de 26-07-2021
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Ambito: Extremadura
Órgano emisor: CONSEJERIA DE EDUCACION Y EMPLEO
Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 142
F. Publicación: 26/07/2021
Por el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
En su disposición adicional primera, sobre los organismos de certificación de empresas, queda establecido que se otorgarán por los servicios competentes en materia de indus- tria de la comunidad autónoma, los certificados previstos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2067 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015 y en el Reglamento (CE) n.º 304/2008 de 2 de abril de 2008, en el ámbito del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, del Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por el Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero o del Reglamento de instalaciones térmicas en edificios aprobado por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
La Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sec- tor Público, contemplan que la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las Administraciones Públicas, para servir mejor a los principios de eficacia, eficiencia, al ahorro de costes, a las obligaciones de transparencia y a las garantías de los ciudadanos.
La realización de este trámite, se efectuarán por medios electrónicos y de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo la Sede Electrónica Corporativa de la Junta de Extremadura el punto de acceso para la presentación por parte de los interesados de cualquier declaración responsable, comunicación o documento.
Los titulares de estas actividades, dada su capacidad económica, pero ante todo su capacidad técnica y dedicación profesional, tienen acceso y disponibilidad de los medios electró- nicos, necesarios para relacionarse con la Administración.
Un vez que se han desarrollado las herramientas de tramitación por medios electrónicos, las aplicaciones informáticas han sido habilitadas y es posible el uso por los ciudadanos, procede hacer pública dicha disponibilidad y publicar el modelo de formulario a emplear para cada uno de ellos.
Por otro lado, se ha integrado en el formulario, en el apartado de protección de datos una dirección URL, que da acceso a la consulta de la cláusula a través de los servicios de la Sede Electrónica y para el ejercicio de los derechos correspondientes.
En base a todo lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en materia de ordenación y control del sector industrial por el Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Administración de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad (DOE núm. 214, de 6 de noviembre de 2019), esta Dirección General de Industria, Energía y Minas
RESUELVE:
Primero. Realizar la publicación de la disponibilidad de tramitación por medios electrónicos, para el procedimiento de 'Expedición de certificado, de empresa, para la manipulación de gases fluorados'.
Segundo. Aprobar el modelo oficial de solicitud de expedición del certificado, que se ad- junta como anexo a la presente resolución, ordenando su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, en la Sede Electrónica Corporativa y en el Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura.
Tercero. Este formulario, que se adjunta como anexo a la presente resolución, deberá ser utilizado para su presentación por medios electrónicos, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 14 de julio de 2021.
El Director General de Industria, Energía y Minas.
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ
ANEXO I
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