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RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se efectúa la donación de mascarillas higiénicas para la población vulnerable en el ámbito del estado de alarma Covid-19, en la Comunitat Valenciana. [2020/2939], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 16-04-2020

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PUBLICA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8790

F. Publicación: 16/04/2020

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8790 de 16/04/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública considera que las mascarillas higiénicas son un elemento que puede incrementar la protección contra la Covid-19 y que se debe utilizar de un modo eficiente. En este sentido, se debe contar con la labor de asesoramiento que se realiza por las oficinas de farmacia para informar sobre el uso adecuado de las mismas.

Por resolución de la Agencia Tributaria de fecha 8 de abril de 2020, se ha concedido a la Generalitat Valenciana la autorización administrativa para la importación de bienes con la exención prevista en el artículo 46 de la Ley 37/92, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, con ocasión de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, lo que permite la importación y distribución gratuita de una cantidad importante de mascarillas.

En esta línea, la Generalitat Valenciana ha llegado a un acuerdo con los colegios farmacéuticos de la Comunitat Valenciana, mediante el cual la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública distribuirá mascarillas higiénicas gratuitamente a través de las oficinas de farmacia a las personas mayores de 65 años y colectivos vulnerables de mayor riesgo.

El destino de la medida que contempla esta resolución son las personas con mayor riesgo de presentar complicaciones en caso de contraer la Covid-19. Cabe remarcar que no se trata de población en riesgo de contraer la enfermedad, sino de población no expuesta que en caso de infectarse tendría peor pronóstico y, por tanto, mayor probabilidad de hospitalización, ingreso en UCI o requerimiento de ventilación mecánica.

El criterio de identificación de esta población se ha centrado en la edad y en las condiciones crónicas que padecen, basándose en la clasificación según los Clinical Risk Groups (CRG). De este modo, se ha considerado necesario proveer de mascarillas higiénicas a la totalidad de personas de edad superior a 65 años y a aquellas ciudadanas y ciudadanos menores de 65 años pero con alguna de las siguientes condiciones: enfermedad significativa crónica en múltiples sistemas orgánicos (Estado de salud 6), enfermedad dominante crónica en tres o más sistemas orgánicos (Estado de salud 7), neoplasias dominantes, metastásicas y complicadas (Estado de salud 8) o necesidades sanitarias elevadas (Estado de salud 9). Estos estados de salud incluyen la práctica totalidad de personas con mayor vulnerabilidad.

Esta resolución se enmarca en las actuaciones que está llevando a cabo la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, tras la publicación del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la Ley orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública.

Por todo lo expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 94 del Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, resuelvo:

Primero

Donar 3.600.000 mascarillas higiénicas a las personas y colectivos vulnerables definidos en el punto segundo de esta resolución, sin perjuicio de la posibilidad de posteriores distribuciones. Esta donación se efectuará a través de los principales almacenes distribuidores y las oficinas de farmacia de la Comunitat Valenciana.

Segundo

El colectivo beneficiario de esta resolución, de acuerdo con los criterios de prioridad y la capacidad del sistema de información de que dispone la Conselleria de Sanidad Universal y Salud pública (GAIA), será el siguiente:

a) Personas con edad igual o superior a 65 años.

b) Personas con estados de salud de mayor vulnerabilidad, de acuerdo con el Sistema de Clasificación de Pacientes (SCP): estados de salud 6, 7, 8, y 9.

Tercero

En las oficinas de farmacia se dispensarán las mascarillas directamente a los ciudadanos beneficiarios, gratuitamente. Se dispensarán 3 mascarillas por cada persona beneficiaria.

Cuarto

La prescripción de las mascarillas se habilitará informáticamente en la receta electrónica de cada persona beneficiaria, permitiendo su identificación a través de la SIP y los registros de dispensación. Se incorporará una única receta, no renovable, como producto no financiable, no prescriptible y sin coste para el paciente o la paciente.

València, 15 de abril de 2020.- La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública: Ana Barceló Chico.