Legislación

RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2021, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se aprueba el plan de control aplicable durante el procedimiento de comprobación de la justificación de las subvenciones otorgadas con cargo a las dotaciones presupuestarias de la Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia. [2021/4185], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 28-04-2021

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACION PUBLICA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9071

F. Publicación: 28/04/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9071 de 28/04/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

El artículo 165.2.j de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, determina que las bases reguladoras de la concesión de subvenciones contendrán, entre otros aspectos, un método de comprobación de la realización de la actividad a través del correspondiente plan de control.

Por su parte, el artículo 169 de la citada Ley 1/2015, de 6 de febrero, establece que el plan de control deberá elaborarse por todo órgano que gestione una línea de ayudas financiada con fondos públicos, que deberá ser aprobado por el órgano concedente con carácter previo a su ejecución, así como la siguiente información que debe constar como mínimo en el citado plan de control:

a) Tipos de control a efectuar sobre la línea: administrativos, sobre el terreno, a posteriori y/o de calidad.

b) Criterios de selección de la muestra: aleatorios, dirigidos o de riesgo.

c) Porcentaje mínimo a controlar sobre el total pagado en esa línea.

En virtud de los preceptos mencionados, en atención a las competencias atribuidas a la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública y de conformidad con el artículo 28.ll de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, resuelvo:

Único

Aprobar el plan de control que se incorpora como anexo a esta resolución, elaborado por la Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia y aplicable durante el procedimiento de concesión y comprobación de la justificación de subvenciones otorgadas con cargo a las dotaciones presupuestarias de esta dirección general.

València, 15 de abril de 2021.- La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública: Gabriela Bravo Sanestanislao.

ANEXO

Plan de control aplicable durante el procedimiento de comprobación de la justificación de subvenciones otorgadas con cargo a las dotaciones presupuestarias de la Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia.

De conformidad con las previsiones contempladas en los artículos 165.2.j y 169.3 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, durante el procedimiento de justificación de subvenciones han de adoptarse las medidas necesarias con objeto de comprobar y verificar la efectiva realización de las actividades subvencionadas, el cumplimiento de la finalidad o las finalidades que motivan la concesión y la adecuada acreditación del destino dado a las cantidades otorgadas.

En el caso de la Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia, las tareas de comprobación y verificación reseñadas no pueden llevarse a cabo de idéntico modo en todos los casos, pues existen diferentes actuaciones subvencionables de distinta índole, recogidas en los distintos capítulos presupuestarios IV y VII, que fomentan e impulsan la realización de actividades de diversa naturaleza.

A. Objeto y ámbito de aplicación temporal

Serán objeto de control, las subvenciones gestionadas por la Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia, que se aprueben en las correspondientes leyes de presupuestos de la Generalitat.

B. Tipo de control a efectuar sobre la línea

Sin perjuicio de las previsiones contenidas en las respectivas bases reguladoras y en las correspondientes resoluciones de convocatoria, en su caso, y de adjudicación o de lo establecido en los convenios de colaboración que se suscriban para ejecutar las líneas de subvención de la Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia, este plan deberá ser interpretado de forma conjunta y sistemática con aquellas.

Se establecen los siguientes parámetros de control:

1. Cada unidad administrativa dependiente de la Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia, será la responsable de ejecutar el control de las subvenciones que gestione, de las correspondientes líneas de subvención aprobadas en las leyes de presupuestos de la Generalitat.

2. Se llevará a cabo el control de la realización de las actuaciones subvencionadas mediante la comprobación y el control material de la documentación administrativa y de carácter justificativo del importe concedido y del resto de documentación aportada.

3. El tipo de control a realizar será preferentemente administrativo, basado en la documentación aportada por cada entidad, como justificación de la subvención que le haya sido otorgada. A tal fin, se supervisará toda la documentación exigida en las bases reguladoras, en la resolución de adjudicación, y en los convenios de colaboración, y se requerirá, si procede la aportación de los documentos complementarios que resulten precisos para comprobar, verificar y esclarecer cuantos extremos así lo exijan.

4. Si el órgano gestor lo estima necesario, podrán llevarse a cabo comprobaciones in situ de la realización de las actuaciones subvencionadas y la adecuación de estas actuaciones a la finalidad del gasto efectuado.

5. Podrá reclamarse información adicional que permita contextualizar la documentación aportada en un principio y las actividades realizadas en función de su efectivo grado de cumplimiento.

6. Se efectuará un control a posteriori, en la forma establecida en la normativa sectorial de aplicación, en las bases reguladoras, en las resoluciones de convocatoria, en su caso, y de adjudicación, y en los convenios anuales de colaboración que se suscriban para la ejecución de las subvenciones gestionadas por la Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia.

C. Criterios de selección de la muestra y porcentaje mínimo de la ayuda a controlar sobre el total pagado en la línea

1. El criterio de selección de la muestra a controlar será aleatoria, pero suficientemente representativa de cualesquiera documentos y otros elementos acreditativos de la realización de las actuaciones.

2. Adicionalmente, de forma debidamente motivada, se podrán aplicar criterios dirigidos a la realización de un muestreo específico para la comprobación de aspectos técnicos, económicos o administrativos determinados que se estimen de especial relevancia en el marco de una convocatoria.

3. El control administrativo se realizará sobre el 100 % de las actuaciones subvencionadas y de los gastos directos, y al menos sobre el 20% de los indirectos del total del pago que se proponga.

4. Las actuaciones que se efectúen en desarrollo de este plan de control se realizarán a través de medios propios, personales y materiales de cada unidad administrativa responsable de la ejecución de las correspondientes líneas de subvención y del control. En relación con los medios personales, se contará con personal de la Generalitat, técnicos de la materia que se trate, con las suficientes garantías de imparcialidad e independencia, sin perjuicio del apoyo técnico externo que a tal fin pueda recabarse.