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Resolución de 15 de febrero de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se establece el modelo tipo de carta de servicios, el de resolución aprobatoria de aquella, y el de informe anual relativo al cumplimiento de los compromisos de calidad asumidos. [Cód. 2018-02021], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 07-03-2018

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACION CIUDADANA

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 55

F. Publicación: 07/03/2018

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 55 de 07/03/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

El artículo 3 del Decreto 61/2014, de 25 de junio, por el que se regulan las cartas de servicios en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, define a éstas como documentos en los que cada órgano o unidad informa a la ciudadanía sobre los servicios que presta, los compromisos de calidad que asume y los derechos que asisten a aquella en relación con estos servicios.

De acuerdo con el artículo 5 de esta norma, las cartas de servicios deberán ser elaboradas, gestionadas y actualizadas por los titulares de los órganos o unidades a los que se refieran, los cuales serán responsables del cumplimiento de sus contenidos; correspondiendo a la Dirección General competente en materia de calidad en la prestación de servicios públicos, garantizar la homogeneidad en las cartas de servicios y velar por su correcta elaboración. El artículo siguiente prevé que las cartas de servicio se aprobarán por resolución de la Consejería competente por razón de la materia, previo informe de la Dirección General citada, debiendo actualizarse cada vez que se produzcan modificaciones en el contenido de las mismas. La supresión de las cartas de servicios será, igualmente, declarada por Resolución.

Por su parte, el artículo 9 atribuye a cada órgano o unidad la elaboración, durante el primer trimestre de cada año, de un informe anual relativo a las diferentes cartas de servicios que puedan tener, analizando el grado de cumplimiento de los compromisos de calidad asumidos.

En virtud de lo señalado en la disposición final primera de la norma de referencia, que faculta a la Consejería competente en materia de calidad en la prestación de servicios públicos para establecer el modelo tipo de carta de servicios y el de resolución aprobatoria de aquella, por Resolución de 25 de julio de 2014, de la Consejería de Economía y Empleo, se establece el modelo tipo de carta de servicios y el de resolución aprobatoria de aquella.

El Decreto 89/2017, de 20 de diciembre, por el que se regula la atención ciudadana y las oficinas de asistencia en materia de registros en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos actualiza la regulación de las sugerencias y quejas, definiéndolas en el artículo 4. Por ello, resulta necesario adaptar la regulación sobre el modelo tipo de carta de servicios a estas nuevas previsiones.

Por lo expuesto, en la presente resolución se establece el modelo tipo de carta de servicios, el de resolución aprobatoria de aquella, así como el de informe anual a elaborar por cada órgano o unidad. La actualización o, en su caso, supresión de las cartas de servicios será, igualmente declarada por Resolución indicativa de la Resolución aprobatoria de la carta correspondiente.

La tramitación de la presente disposición se adecua a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, la misma está justificada por una razón de interés general, con la finalidad de adaptar el modelo tipo de carta de servicios a la vigente regulación en materia de quejas y sugerencias.

De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la iniciativa contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad descrita, ejerciéndose de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, en cumplimiento del principio de seguridad jurídica. Se prevé, en este sentido, la derogación expresa de la Resolución de 25 de julio de 2014, de la Consejería de Economía y Empleo.

En su tramitación se dio cumplimiento al principio de transparencia, sometiéndose a la debida publicación en los términos previstos en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Por último, esta propuesta evita cargas administrativas innecesarias o accesorias, racionalizando en su aplicación, la gestión de los recursos públicos, dándose así cumplimiento al principio de eficiencia.

El artículo 2 del Decreto 6/2015, de 28 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, establece las competencias que corresponden a la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana. El Decreto 62/2015, de 13 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de esta Consejería señala que corresponde a la Dirección General de Participación Ciudadana, velar, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Administración, por el impulso de los procesos de mejora continua y de calidad en la prestación de los servicios públicos.

En su virtud, de conformidad con el artículo 38.i) de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; vistos el Decreto 6/2015, de 28 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, y el Decreto 62/2015, de 13 de agosto, por la presente,

DISPONGO

Artículo único.-Objeto:

La presente resolución tiene por objeto establecer el modelo tipo de carta de servicios, el de resolución aprobatoria de aquella, y el de informe anual relativo al cumplimiento de los compromisos de calidad asumidos, conforme a los anexos I, II y III, respectivamente, de esta disposición.

Disposición adicional única.-Actualización y supresión de las cartas de servicios.

La actualización y supresión de las cartas de servicios será declarada mediante Resolución indicativa de la Resolución aprobatoria de la carta correspondiente.

Disposición derogatoria única.-Derogación normativa.

1. Queda derogada la Resolución de 25 de julio de 2014, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se establece el modelo tipo de carta de servicios y el de resolución aprobatoria de aquella.

2. Quedan asimismo derogadas a la entrada en vigor de la presente resolución, las disposiciones de igual o inferior rango emanadas de los órganos de la Comunidad Autónoma que se opongan a lo previsto en la misma.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 15 de febrero de 2018.-El Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana, Guillermo Martínez Suárez.-Cód. 2018-02021.

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