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RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2022, de la consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se constituye el Foro para el Diseño de la Estrategia de Retorno de las Personas Valencianas en el Exterior a la Comunitat Valenciana. [2022/1641], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 04-03-2022

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE PARTICIPACION, TRANSPARENCIA, COOPERACION Y CALIDAD DEMOCRATICA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9291

F. Publicación: 04/03/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9291 de 04/03/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

El Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, asignó a la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática la competencia de la relación institucional con los colectivos de las personas valencianas residentes fuera de la Comunitat y con entidades cívicas que aglutinan ciudadanos y ciudadanas valencianos que residen en el extranjero.

Posteriormente, el Decreto 179/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación de su Reglamento orgánico y funcional, atribuyó como nueva competencia de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, concretamente a la Dirección General de Participación Ciudadana, la de coordinar las acciones de los departamentos competentes en las materias necesarias para favorecer y facilitar el retorno de las personas emigrantes valencianas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.

Por otro lado, en el Seminari de Govern d'Estiu 2021 a Albocàsser-Benassal se aprobó como objetivo para el segundo semestre la creación del Consejo para el Retorno de Valencianos y Valencianas a la Comunitat Valenciana. Según este objetivo, «El Plan de retorno a la Comunitat Valenciana tiene el objetivo de facilitar el retorno de las personas valencianas emigradas por razones económicas y que tengan voluntad de volver», y «se trata de dar respuesta a una necesidad imprescindible, de manera transversal y con otras administraciones y con la ciudadanía.» Continúa estableciendo que el Consejo para el Retorno será el foro de debate y reflexión fundamental donde diversos organismos, actores e instituciones planteen las acciones que han de tenerse en cuenta para la elaboración del Plan de retorno a la Comunitat Valenciana. Y que las acciones que acometerá el Consejo para el Retorno de Valencianos y Valencianas a la Comunitat Valenciana serán, entre otras: conocer un diagnóstico de la situación actual de las personas emigradas fuera de la Comunitat (mapa de movimientos migratorios, perfil de personas migradas, etc.) y plantear medidas que faciliten el retorno de las personas emigradas, en las mejores condiciones.

Finalmente, en la sesión de 29 de septiembre de 2021, durante el transcurso del debate de política general, las Corts Valencianes aprobaron la Resolución 414/2021, en la que entre otros extremos, se insta al Consell a elaborar el I Plan de retorno de las valencianas y valencianos a la Comunitat Valenciana, a fin de facilitar el retorno de aquellos valencianos emigrados por razones económicas que tengan la voluntad de regresar.

En la consecución del objetivo de facilitar el retorno de los valencianos y valencianas en el exterior a la Comunitat Valenciana confluyen las competencias y atribuciones de las diferentes administraciones y organismos radicados en su territorio.

En primer lugar, constituye un objetivo transversal del Consell. Por ello, el proceso de diálogo y definición de la estrategia de retorno debe contar con la implicación de todos los departamentos de la Generalitat con competencias que puedan tener incidencia en el mismo. Igualmente, debe contemplar la participación de los organismos del sector instrumental de la Generalitat que desarrollen acciones en este campo.

Por otro lado, la definición de la estrategia a diseñar requiere de la colaboración, cooperación y coordinación entre los niveles de gobierno autonómico y local. En relación con ello, la Generalitat tiene un convenio marco de colaboración con las diputaciones de Valencia, Alicante y Castellón y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, para colaborar en materia de participación, transparencia y buen gobierno, de fecha de 16 de diciembre de 2020. Este convenio marco posibilita la constitución de grupos de trabajo designados por las partes con la función de trabajar conjuntamente en el marco de las diferentes áreas estratégicas previstas en el referido convenio marco.

Y si bien el proceso de definición de la estrategia para el retorno debe contar con la participación de todos estos actores, de forma fundamental debe considerarse la opinión de las personas implicadas, tanto a nivel individual como a través de las asociaciones que los representan, teniendo en especial consideración a este respecto a las asociaciones representadas en el Consell Valencià de Participació en el sector de la migración.

La participación de la ciudadanía a nivel individual se articulará directamente a través del portal GVA Participa, mediante la cumplimentación voluntaria de una encuesta dirigida las personas valencianas en el exterior, o que ya han regresado, a través de la cual recoger de primera mano la información relativa a su situación y necesidades a satisfacer para favorecer su retorno. Igualmente, se facilitará en la dirección de correo electrónico a valenciansexterior@gva.es, la posibilidad de expresar directamente cualquier aportación relativa a la estrategia de retorno.

Todo lo expuesto justifica la creación de un grupo o comisión de trabajo de carácter consultivo y de asesoramiento sobre la materia específica del retorno a la Comunitat, como paso previo necesario para la creación por vía reglamentaria del futuro Consejo Valenciano para el Retorno de las Personas Valencianas a la Comunitat Valenciana. Este grupo o comisión de trabajo, bajo la denominación de Foro para el diseño de la estrategia de retorno, es un grupo de debate y de trabajo donde tienen cabida todas las Administraciones, agentes y actores cuya participación se considere conveniente u oportuna para enriquecer el diálogo y diseño de la estrategia para el retorno, al tiempo que integra a la propia ciudadanía a través de sus asociaciones y directamente a través de los medios tecnológicos. Este debate y trabajo previo constituye el punto de partida para el diseño del Consejo Valenciano para el Retorno y del Plan de retorno a la Comunitat Valenciana.

Por todo lo expuesto, y en virtud del Decreto 179/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, y en particular de lo establecido en el artículo 6 del mismo, según el cual la persona titular de la Conselleria puede disponer, siempre que lo considere conveniente, la constitución de grupos o comisiones de trabajo de carácter consultivo y de asesoramiento, para materias concretas o asuntos específicos con la composición que determine, en cada caso, resuelvo:

Primero. Creación y fines del Foro

Crear el Foro para el Diseño de la Estrategia de Retorno de las Personas Valencianas en el Exterior a la Comunitat Valenciana.

El Foro tiene como finalidad primordial debatir y reflexionar sobre la estrategia de retorno y plantear las acciones que deben tenerse en cuenta para la elaboración del Plan de retorno a la Comunitat Valenciana.

Segundo. Naturaleza jurídica

El Foro se constituye como grupo de trabajo de carácter consultivo y de asesoramiento a la persona titular de la Conselleria con competencia en materia de retorno, para la definición de la estrategia del retorno a la Comunitat Valenciana.

Tercero. Funciones

1. El Foro tiene las siguientes funciones:

a) Acceder a la información que se considere necesaria y analizarla para diseñar una estrategia de retorno ajustada a la realidad de la emigración valenciana.

b) Identificar las acciones relacionadas con el proceso de retorno que se están llevando a cabo en las diferentes administraciones de la Comunitat Valenciana.

c) Proponer nuevas medidas relacionadas con el proceso de retorno en el ámbito de las competencias de las administraciones presentes en el Foro.

d) Articular la participación en el debate por parte de las asociaciones que forman parte del Foro.

e) Analizar los datos y las opiniones de la ciudadanía recabados a través de la encuesta habilitada en portal GVA Participa y de los mensajes recibidos en el correo electrónico valenciansexterior@gva.es.

2. Todas las funciones anteriormente enumeradas se establecen sin menoscabo de las que correspondan a otros órganos de representación y participación legalmente establecidos.

Cuarto. Participantes

1. El Foro para el Retorno a la Comunitat Valenciana está compuesto por:

a) Una presidencia.

b) Una vicepresidencia.

c) Vocalías.

d) Una secretaría.

2. La composición del Foro responderá al principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, de conformidad con el artículo 54 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Quinto. Presidencia

1. La presidencia del Foro para el Retorno a la Comunitat Valenciana corresponde a la persona titular de la conselleria competente en materia de retorno de las personas valencianas en el exterior.

2. La presidencia tendrá las siguientes funciones:

a) Dirigir y coordinar la actuación del Foro.

b) Acordar la convocatoria de las reuniones del Foro y la fijación del orden del día, teniendo en cuenta las propuestas y peticiones formuladas por sus integrantes.

c) Visar las actas de las reuniones del Foro.

d) Llevar a cabo cuantas otras funciones sean inherentes a la presidencia.

Sexto. La vicepresidencia

1. La Vicepresidencia corresponde a la persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de retorno de las personas valencianas en el exterior.

2. La Vicepresidencia ejerce la presidencia del Foro en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legalmente establecida, así como por delegación de la persona titular de la presidencia.

Séptimo. Las vocalías

1. Serán vocalías institucionales del Foro, además de la presidencia y la vicepresidencia:

a) La persona titular de la dirección general con competencias en materia de retorno de las personas valencianas a la Comunitat Valenciana, a quien corresponderá impulsar las acciones necesarias para la constitución y funcionamiento del Foro.

b) En representación de la Generalitat y de su sector instrumental, al menos un representante con rango de director o directora general o superior, o de rango directivo en el caso del sector instrumental, por cada una de las siguientes áreas competenciales de la Generalitat: educación, sanidad, justicia, empleo, política migratoria, servicios sociales, reto demográfico y lucha contra la despoblación, economía, estadística e innovación.

c) Tres personas en representación de las diputaciones provinciales de la Comunitat Valenciana, y dos personas, a propuesta de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, en representación de: municipios de más de 50.000 habitantes; municipios de hasta 50.000 habitantes.

d) Una persona en representación del Comité Económico y Social.

2. Serán vocalías sociales del Foro:

a) Tres personas en representación de aquellos centros valencianos en el exterior que agrupen colectividades implicadas en políticas de retorno, elegidos por la presidencia.

b) Tres personas en representación de las entidades asociativas que trabajen en el ámbito de la migración.

c) Dos personas en representación de las organizaciones sindicales más representativas de la Comunitat Valenciana y otras dos en representación de las asociaciones empresariales más representativas de la Comunitat Valenciana, en la Mesa del Diálogo Social de la Comunitat Valenciana.

d) Dos ciudadanos o ciudadanas expertos en la materia de retorno, del ámbito académico o profesional o social.

e) Un representante del Consejo de Cámaras de Comercio de la Comunitat Valenciana, propuesto por este.

3. Todo ello sin perjuicio de que, en función de las necesidades y a la vista del avance de los debates del Foro, se considere necesario aumentar el número de vocalías establecido, mediante la oportuna resolución.

Octavo. Nombramiento de las vocalías

El nombramiento de las vocalías del Foro lo realizará la presidencia, atendiendo a las propuestas emitidas por los órganos o entidades que corresponda en cada caso, que deberán constar de dos personas, una vocal y otra suplente, siendo al menos una de ellas mujer.

Noveno. La secretaría

1. La secretaría será ejercida por una persona funcionaria de la dirección general con competencias en materia de retorno de las personas valencianas en el exterior a la Comunitat Valenciana, con un nivel de jefatura de servicio o superior, nombrada por la presidencia del consejo, con voz pero sin voto.

2. Son funciones de la secretaría:

a) Cursar la convocatoria de las sesiones efectuada por la presidencia.

b) Custodiar la documentación del Foro.

c) Cuantas otras sean inherentes a su condición.

Décimo. Régimen jurídico

El Foro se constituye como grupo de trabajo de carácter consultivo y de asesoramiento a la persona titular de la conselleria con competencia en materia de retorno de las personas valencianas en el exterior, y se regirá por lo establecido en esta resolución y por los acuerdos de funcionamiento que en el seno del mismo se adopten. A tal efecto, en la sesión constitutiva del Foro se aprobará el régimen interno y funcionamiento del mismo. En lo no estipulado, su régimen jurídico será el establecido para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Decimoprimero. Protección de datos

El Foro asegurará la protección de los datos de carácter personal que pueda recabar en el ejercicio de sus funciones, con observancia de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Decimosegundo. Ausencia de incidencia en el gasto presupuestario de la Generalitat

La ejecución de esta resolución no tiene incidencia en la dotación de los capítulos de gasto asignados a la Generalitat, debiendo ser atendida por los medios personales y materiales de que dispone la misma.

Las personas que integran el Foro no percibirán retribución por el desempeño de sus funciones. No obstante, la asistencia a las reuniones del Foro, debidamente justificadas ante la dirección general competente en materia de retorno de las personas valencianas en el exterior, dará origen a una indemnización por el concepto de dieta y transporte, en los términos, condiciones e importes previstos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificación por servicios extraordinarios.

Decimotercero. Publicación en el DOGV

Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el DOGV.

Contra lo dispuesto en la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

València, 15 de febrero de 2022.- La consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática: Rosa Pérez Garijo.

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