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Resolución de 15 de septiembre de 2022 de la delegada territorial de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia, por la que se aprueba el calendario de las fiestas locales y general del Territorio Historico de Bizkaia para el año 2023., - Boletín Oficial de Bizkaia, de 27-09-2022

Tiempo de lectura: 3 min

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Ambito: Bizkaia

Órgano emisor: Departamento de Trabajo y Empleo

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 184

F. Publicación: 27/09/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Bizkaia Número 184 de 27/09/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Resolución de 15 de septiembre de 2022 de la delegada territorial de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia, por la que se aprueba el calendario de las fiestas locales y general del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2023.

El Gobierno Vasco, por Decreto del Departamento de Trabajo y Empleo 56/2022, de 3 de mayo («Boletín Oficial del País Vasco» número 92 de 13 de mayo de 2022) y de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco y en el artículo 37.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» número 255, de 24 de octubre de 2015) que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ha aprobado el Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2023.

En el artículo 1 del citado Decreto 56/2022 se establece que, durante el año 2023, tendrán la consideración de días inhábiles en el País Vasco a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, todos los domingos del año y las festividades de:

6 de enero, Epifanía del Señor.
6 de abril, Jueves Santo.
7 de abril, Viernes Santo.
10 de abril, Lunes de Pascua de Resurrección.
1 de mayo, Fiesta del Trabajador.
25 de julio, Santiago Apóstol.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, Fiesta Nacional.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.

A su vez, La Delegada Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia, de acuerdo con lo dispuesto tanto en el artículo 2.1 del Decreto del Departamento de Trabajo y Empleo 56/2022, de 3 de mayo («Boletín Oficial del País Vasco» número 92 de 13 de mayo de 2022) como en el artículo 14.1.f del Decreto 07/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo («Boletín Oficial del País Vasco» número 21 de 29 de enero de 2021) establece las siguientes festividades locales, inhábiles para el trabajo en el año dos mil veintidós, retribuidas y
no recuperables:

DISPONGO:

1. Las dos (2) fiestas de ámbito local, retribuidas y no recuperables para el año 2023 que tienen la consideración de días inhábiles a efectos laborales, en el Territorio Histórico de Bizkaia, son las que a continuación se relacionan:

Para todo el Territorio Histórico de Bizkaia: 31 de julio, San Ignacio de Loyola.

Para cada uno de los municipios del Territorio Histórico de Bizkaia:

(TABLA DE FESTIVOS OMITIDA. CONSULTAR PDF)