Resolución de 16/02/2022, de la Dirección General de Economía Circular, por la que se aprueba el Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para el año 2022. [2022/1483], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 24-02-2022
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Ambito: Castilla-La Mancha
Órgano emisor: CONSEJERIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 38
F. Publicación: 24/02/2022
El Plan de Inspección Medioambiental 2018-2024 establece la necesidad de que la ejecución del mismo sea flexible a los cambios, adaptándose a los recursos disponibles y a la experiencia adquirida a lo largo de su periodo de vigencia.
En base a ello, establece en el apartado 7.a que cada año se elaborará un programa de inspección en el que se indicará los recursos personales disponibles para las labores de inspección y el número y tipo de inspecciones que se llevarán a cabo en ese año.
Además, determina que, con objeto de evaluar el resultado del programa del año anterior el programa contendrá una memoria anual que se aprobará mediante su publicación en el programa de inspección medioambiental correspondiente al año siguiente al del programa al que hacen referencia, y en ellas se tendrán en cuenta los datos obtenidos en las inspecciones medioambientales realizadas.
En el Programa anual también se detallará la formación específica que podrá llevarse a cabo en el periodo de vigencia del programa, para empleados públicos cuya labor sea la inspección.
En virtud de las competencias establecidas Decreto 276/2020, de 17 de diciembre, por el que se modifica del Decreto 87/2020, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, esta Dirección General de Economía Circular, resuelve:
1.- Aprobar el Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para el año 2022, cuyo texto se incluye como Anexo a esta resolución y que contiene la Memoria de inspección medioambiental correspondiente al año 2021.
2.- Publicar la presente resolución y sus anexos en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en el Art. 122 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 16 de febrero de 2022
La Directora General de Economía Circular
MARTA GÓMEZ PALENQUE
Anexo: Programa de inspección medioambiental de Castilla-La Mancha 2022.
1. Introducción.
1.1 Antecedentes del Programa de inspección.
1.2 Recursos personales disponibles.
1.3 Normativa aplicable.
2. Objetivos del programa.
2.1. Objetivo general.
2.2. Objetivos específicos.
3. Actuaciones de inspección.
3.1 Inspecciones in situ sistemáticas o prefijadas.
3.1.1. Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada conforme al Real Decreto Legislativo 1/2016.
3.1.2. Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización para realizar operaciones de gestión de residuos, conforme a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados, no incluidas en el ámbito de aplicación del Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016.
3.1.3. Campaña de inspección a productores de residuos.
3.2 Inspecciones in situ no sistemáticas o no prefijadas.
3.3 Inspecciones documentales.
4. Actuaciones de verificación medioambiental.
5. Actuaciones de mejora continua y creación de capacidad.
5.1. Formación de la Escuela de Administración Regional.
5.2. Otra formación.
6. Memoria de actuaciones de Inspección Medioambiental 2021.
6.1. Inspección Medioambiental.
6.1.1. Indicadores de actividad. Número de inspecciones.
6.1.2. Indicadores de resultados. Cumplimiento de la normativa.
6.2. Verificación Medioambiental.
1. Introducción.
1.1 Antecedentes del Programa de inspección.
El Programa de Inspección Medioambiental de 2022 se ha elaborado según lo establecido en el capítulo 4 del Plan de Inspección Medioambiental 2018-2024 publicado mediante la Orden de 50/2018 del 20 de marzo de 2018, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Publicada en DOCM núm. 66, 5 de abril de 2018).
El ámbito objeto del Programa de Inspección Medioambiental de 2022 es el siguiente:
a) Las instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada, establecidas en el Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, constituyendo por tanto el instrumento principal a la hora de desarrollar las actuaciones de inspección y control ambiental de las referidas instalaciones y actividades.
b) Las instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización o al trámite de comunicación previa al inicio de la actividad en el marco de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. En particular, las instalaciones y actividades relativas a gestión de residuos, producción de residuos, recogida de residuos sin instalación asociada, traslado de residuos, agentes y negociantes.
c) Explotaciones agrícolas ubicadas en zonas vulnerables a la contaminación por nitratitos, las explotaciones ganaderas ubicadas en zonas vulnerables o que valoricen agronómicamente sus estiércoles en estas zonas, y los centros de gestión de estiércoles que cuenten con instalaciones de gestión, almacenamiento o valoricen agronómicamente los estiércoles en zonas vulnerables, así como las que gestionen estiércoles procedentes de explotaciones ganaderas ubicadas en estas zonas.
1.2 Recursos personales disponibles.
El personal dedicado a las tareas de inspección se establecerá entre el siguiente:
a) Personal funcionario de la Dirección General de Economía Circular de la Consejería de Desarrollo Sostenible y de las correspondientes Delegaciones Provinciales.
b) Encomiendas de gestión de la Consejería de Desarrollo Sostenible establecidas con entidades privadas o empresas públicas, para realizar tareas de vigilancia y verificación.
c) Personal de otros organismos con competencia en materia de inspección en virtud de los convenios o acciones conjuntas que la Consejería de Desarrollo Sostenible pueda establecer con ellos.
d) Personal de entidades colaboradoras que presten apoyo y colaboración al personal inspector, a través de los correspondientes instrumentos articulados en virtud de la normativa vigente en materia de contratación.
e) Personal adscrito al Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha.
1.3 Normativa aplicable.
Para la elaboración del programa se han tenido en cuenta, en especial, las siguientes disposiciones legales:
- La Directiva 2010/75/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación).
- Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre
- Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
- Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
2. Objetivos del Programa.
2.1 Objetivo general.
El objetivo general del Programa de Inspección Medioambiental 2022 es la organización de las inspecciones ambientales a realizar en instalaciones sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada en CastillaLa Mancha, así como en otras instalaciones que realicen operaciones de gestión y producción de residuos, y la comprobación del grado de cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos impuestos en las autorizaciones.
Asimismo, se integra en este objetivo general la organización de las verificaciones medioambientales consistentes en la comprobación documental de las medidas previstas para explotaciones agrícolas, ganaderas y centros gestores de estiércoles, en materia de contaminación difusa por nitratos de origen agrario.
2.2. Objetivos específicos.
Los objetivos específicos del Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para 2022 son los siguientes:
- Determinar las instalaciones y/o actividades con autorización ambiental integrada de cuyo análisis de riesgo haya resultado que han de ser inspeccionadas durante 2022.
- Determinar las instalaciones y/o actividades con autorización para realizar operaciones de gestión de residuos en el marco de la Ley 22/2011, de Residuos y suelos contaminados, no incluidas en el ámbito de aplicación del Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016.
Durante la vigencia de este Programa este objetivo se concreta en la inspección de gestores de residuos de construcción y demolición (RCD). En todo caso se inspeccionarán los gestores que realizan la operación de eliminación de residuos de construcción y demolición mediante depósito en vertedero que no fueron inspeccionados durante 2021.
- Detección de fugas de residuos a través de canales ilegales o no autorizados y prácticas de gestión inadecuadas. Durante la vigencia de este Programa este objetivo se concreta en la inspección de productores de residuos de construcción y demolición (RCD), centrando el interés en las obras de construcción o demolición con licencia concedida por la entidad local correspondiente durante la vigencia del Programa de inspección.
Dado el carácter cambiante de las licencias de obras y demoliciones que pueden estar vigentes durante la duración del Programa de inspección, la concreción de las obras a inspeccionar se realizará durante el primer mes de cada trimestre previa consulta a las entidades locales sobre las licencias de nueva concesión.
- Detección de vertidos ilegales de residuos.
La concreción de los vertidos ilegales a inspeccionar se basará en las denuncias recibidas durante la vigencia del Programa de inspección y a la identificación de los presuntos vertidos ilegales proporcionada por las entidades locales.
- Detección de cumplimiento de obligaciones documentales por parte de explotaciones agrícolas, ganaderas y centros de gestión de estiércoles, en materia de contaminación difusa por nitratos de origen agrario.
Durante la vigencia de este Programa se realizarán verificaciones medioambientales documentales sobre las prácticas de agricultores, ganaderos y centros de gestión de estiércoles en esta materia.
3. Actuaciones de Inspección.
3.1 Inspecciones in situ sistemáticas o prefijadas.
3.1.1 Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada conforme al Real Decreto Legislativo 1/2016.
Para determinar qué instalaciones con autorización ambiental integrada serán las inspeccionadas de forma programada se atenderá al método detallado en la Resolución de 16/03/2015, de la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental, por la que se aprueba el procedimiento de evaluación sistemática de riesgos medioambientales de instalaciones de Castilla-La Mancha sometidas a la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la determinación de la frecuencia de inspección.
Para el año 2022 se programa la inspección in situ de 376 instalaciones. Estas corresponden con las que han obtenido una frecuencia de inspección anual, además de todas aquellas cuya frecuencia de inspección ha de ser bienal y trienal y cuya última inspección determina que en 2022 ha de ser inspeccionada. La distribución por provincias es la siguiente:
| Albacete | Ciudad Real | Cuenca | Guadalajara | Toledo | Total General |
| 35 | 41 | 44 | 34 | 222 | 376 |
Hay que señalar que 14 de las inspecciones in situ programadas a instalaciones sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada, son instalaciones autorizadas para la eliminación de residuos mediante el depósito de vertedero.
3.1.2 Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización para realizar operaciones de gestión de residuos, conforme a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados, no incluidas en el ámbito de aplicación del Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016.
En particular, durante 2022 se inspeccionarán al menos 8 instalaciones de eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, autorizados según Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, o según el Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. La distribución por provincias es la siguiente:
| Albacete | Ciudad Real | Cuenca | Guadalajara | Toledo | Total General |
| 2 | 3 | - | - | 3 | 8 |
Además, adicionalmente a las instalaciones señaladas en el párrafo anterior, se inspeccionará al menos el 10% de los gestores de residuos de construcción y demolición.
Para concretar las instalaciones a inspeccionar por provincias, se tendrá en cuenta la complejidad de la instalación, el volumen de residuos gestionados y la fecha de la última inspección realizada.
La distribución por provincias es la siguiente:
| Albacete | Ciudad Real | Cuenca | Guadalajara | Toledo | Total General |
| 7 | 9 | 8 | 9 | 7 | 40 |
3.1.3. Campaña de inspección a productores de residuos.
Para el año 2022 se ha programado la realización por el Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha inspecciones a productores de residuos con el objetivo de detectar fugas de residuos a través de canales ilegales o no autorizados y prácticas de gestión inadecuadas.
Se inspeccionará al menos el 5% de las obras con licencias de obra, ya sean de nueva planta, de rehabilitación o demolición, concedidas por la entidad local correspondiente.
3.2 Inspecciones in situ no sistemáticas o no prefijadas.
Para el año 2022 se ha programado la realización por el Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha de una campaña para detectar vertidos ilegales de residuos,
La inspección se realizará sobre el 100% de los puntos de vertidos presuntamente ilegales identificados por las entidades locales.
Además, en función de la demanda se llevarán a cabo inspecciones medioambientales no sistemáticas por cualquiera de los siguientes motivos, inspeccionándose el 100 % de los casos que requieran inspección in situ:
a) Denuncias.
b) Investigación de accidentes, incidentes o casos de incumplimiento, incluidas las detectadas en el seguimiento.
c) Comprobación de medidas complementarias.
d) Concesión, modificación de autorizaciones, clausura de actividades e instalaciones y renovaciones.
3.3 Inspecciones documentales.
En este tipo de inspecciones se contemplan la comprobación de informes y memorias anuales que les puedan ser exigidas a las instalaciones o actividades incluidas en el alcance de la legislación competencia de la Dirección General de Economía Circular. Así mismo también se contempla la revisión tanto de autocontroles como de controles periódicos que realizan las entidades colaboradoras de la administración.
Cabe señalar que, con carácter previo a cada una de las inspecciones in situ programadas, se realiza la correspondiente inspección documental.
4. Actuaciones de verificación medioambiental
Se realizará la revisión documental de las memorias anuales de gestores de residuos y de informes reglamentarios de mediciones de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
Se programan las siguientes actuaciones:
a) Se realizará la revisión documental del 60% de las memorias anuales de los gestores de residuos autorizados en Castilla-La Mancha en base a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
b) Se realizará la revisión documental de los informes anuales correspondientes a los gestores de residuos autorizados en Castilla-La Mancha incluidos en el ámbito de aplicación del Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, así como al 2% de otras instalaciones de distinta tipología de actividades enmarcadas en dicha norma
c) Se realizará la revisión de los informes de mediciones reglamentarias de emisiones al aire de instalaciones sometidas a la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, que garantice la finalización completa del proceso de revisión para, al menos, 100 informes.
d) Se realizará la comprobación y revisión de los documentos que exige la normativa aplicable en cuanto a la fertilización, gestión de estiércoles y valorización agronómica de materias nitrogenadas, que llevan a cabo agricultores, ganaderos y centros de gestión de estiércoles en zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias.
Se programa la revisión documental del siguiente número de expedientes, condicionado a la disponibilidad documental:
- Explotaciones agrarias: 100.
- Explotaciones ganaderas: 60, sin incluir las que disponen Autorización Ambiental Integrada, que serán inspeccionadas, en su caso y sobre esta materia, en los términos del apartado 3.1 de este Programa.
- Centros de gestión de estiércoles: 10.
5. Actuaciones de mejora continua y creación de capacidad
5.1. Formación de la Escuela de Administración Regional.
Durante 2022 se tiene previsto impartir dentro del Programa de Formación Específica del Plan de Formación para Empleados Públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022 los cursos:
- Inspección ambiental: Comprobación aplicación MTD según Decisión 2017/302/UE.
5.2. Otra formación.
Se prevé impartir formación dirigida a los Agentes Medioambientales al menos en materia de:
- Producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
6. Memoria de actuaciones de Inspección Medioambiental 2021.
6.1 Inspección Medioambiental.
6.1.1 Indicadores de actividad. Número de inspecciones.
Durante el año 2021 se han realizado un total de 486 inspecciones in situ.
De ellas 204, han sido inspecciones sistemáticas de instalaciones autorizadas en base al Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.
El resto han sido inspecciones no sistemáticas por los siguientes motivos:
- Denuncias: 26.
- Comprobación de medidas complementarias: 135.
- Accidentes: 10.
- Previa Autorización/Renovación /Modificación: 38.
- Incumplimientos detectados en el seguimiento: 4.
- Otros: 45.
- Total de actuaciones no sistemáticas: 258.
Por otro lado, se han realizado 24 inspecciones por el Cuerpo de Agentes Medioambientales relativas a Campañas de inspección.
6.1.2. Indicadores de resultados. Cumplimiento de la normativa.
Para aquellas actividades sometidas al Real Decreto Legislativo 1/2016 inspeccionadas in situ el grado de cumplimento de la autorización ambiental integrada ha sido:
| Muy bajo | Bajo | Medio | Alto | Muy alto | Total |
| 2 | 4 | 6 | 11 | 14 | 167 |
Para el resto de las actividades inspeccionadas in situ, tanto sistemáticas como no sistemáticas, el número de inspecciones que han conllevado petición razonada al Servicio Jurídico correspondiente de apertura de expediente sancionador ha sido de 75.
Por otro lado, las inspecciones documentales, tanto sistemáticas como no sistemáticas, han conllevado petición razonada al Servicio Jurídico correspondiente de apertura de expediente sancionador de 47.
6.2. Verificación Medioambiental.
Durante el año 2021 se han realizado 77 actuaciones de verificación ambiental que se corresponden con 50 actuaciones de revisión documental de memorias de gestores de residuos y 27 de informes anuales de instalaciones sometidas a autorización ambiental integrada.
Por otro lado, se han revisado 126 informes de mediciones de instalaciones sometidas a la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
