RESOLUCION de 16 de junio de 2000, del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, por la que se hace publica la Norma Tecnica de Auditoria sobre «Cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad auditada» . - Boletín Oficial del Estado, de 03-08-2000
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Ambito: BOE
Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 185
F. Publicación: 03/08/2000
Los artículos 209.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, y 5.1 e) del Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1988, de Auditoría de Cuentas, aprobado por Real Decreto 1636/1990, establecen la obligación de incluir en el informe de auditoría las eventuales infracciones de la normativa a la que se encuentra sujeta la entidad auditada, que se hubiesen comprobado durante la realización de los trabajos y que puedan tener relevancia en la imagen fiel que deben presentar las cuentas anuales.
A estos efectos, con el objeto de establecer los procedimientos que ha de aplicar al Auditor en relación con la detección e información correspondiente, de los eventuales incumplimientos de la normativa a la que la entidad auditada se encuentra sujeta y que pudieran existir en los estados financieros a auditar, el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, el Consejo General de Colegios de Economistas de España y el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles de España, han presentado ante este Instituto la Norma Técnica de Auditoría sobre «Cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad auditada» , para su tramitación y sometimiento a información pública, conforme a lo previsto en el artículo 5.2 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.
En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 19/1988 de Auditoría de Cuentas, la Presidencia de este Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, dispone lo siguiente:
Primero. Habiendo presentado el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, el Consejo General de Colegios de Economistas de España y el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles de España ante este Instituto una Norma Técnica de Auditoría sobre «Cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad auditada» , se somete dicha Norma a información pública, ordenando, asimismo, su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas» , de conformidad con lo establecido en el artículo 18.1 del Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.
Segundo. Una vez transcurrido un plazo de seis meses a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» (durante el cual se podrán formular por escrito, ante este Instituto o ante cualquiera de las Corporaciones representativas de los Auditores de cuentas, las alegaciones que se consideren oportunas, estando expuesto, a dichos efectos, el contenido de la referida Norma, en la sede del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, calle Huertas, 26, de Madrid, y en las citadas Corporaciones) , el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas procederá a la publicación en su «Boletín Oficial» de la Norma Técnica de Auditoría sobre «Cumplimiento de la normativa aplicable a la entidad auditada» , conforme a lo establecido en el artículo 18.1 del Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.
Madrid, 16 de junio de 2000.
El Presidente del Instituto, Antonio Gómez Ciria.
