Resolución de 16 de septiembre de 2016, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales. - Boletín Oficial del Estado de 17-09-2016
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: DEROGADO. Desde 07 de Julio de 2017
Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 225
F. Publicación: 17/09/2016
Primero. Alcance y principio de prudencia financiera.
Segundo. Instrumentos.
Tercero. Condiciones financieras de las operaciones de endeudamiento.
Cuarto. Coordinación de las emisiones.
Quinto. Operaciones de derivados financieros.
Sexto. Prohibiciones:
Séptimo. Supuestos excepcionales.
Octavo. Obligaciones de información.
Noveno. Cláusula derogatoria.
Décimo. Entrada en vigor.
ANEXO 1
ANEXO 2
ANEXO 3