RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se inscribe la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castellón y Valencia en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos Profesionales de la Comunitat Valenciana. [2020/7623], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 24-09-2020
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Ambito: Comunidad Valenciana
Órgano emisor: CONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACION PUBLICA
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8912
F. Publicación: 24/09/2020
Visto el expediente de solicitud de modificación estatutaria instruido a instancia del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castellón y Valencia, inscrito con el número 87 de la Sección Primera del Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos Profesionales de la Comunitat Valenciana, en el que se solicita la inscripción de la modificación de sus Estatutos en dicho registro, atendiendo a los siguientes
Hechos
Primero. Por el presidente del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castellón y Valencia, se presentó, en fecha de 23 de abril de 2018, solicitud de inscripción de la modificación parcial de los Estatutos del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castellón y Valencia, en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de consejos y colegios profesionales de la Comunitat Valenciana.
Segundo. Los Estatutos del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castellón y Valencia fueron inscritos en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana por la Resolución de 19 de septiembre de 2005, de la directora general de Justicia de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas.
Tercero. La modificación parcial de los Estatutos del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castellón y Valencia fue aprobada por la Asamblea General del Colegio el 23 de marzo de 2018, según certificado del secretario del Colegio, con el visto bueno del presidente, de fecha 17 de abril de 2018.
Cuarto. La modificación estatutaria cuya inscripción se solicita, se refiere al cambio de redacción del artículo 45, el cual queda redactado del siguiente tenor literal:
«Artículo 45. Las candidaturas se presentarán en la Secretaría del Colegio con al menos 30 días de antelación a la fecha de celebración de la elección.
Ningún colegiado podrá presentarse a más de un cargo.»
Fundamentos de derecho
Primero. Revisada la solicitud de modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castellón y Valencia, estos contienen todas las determinaciones exigidas por el artículo 10 de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana.
Segundo. La modificación estatutaria ha sido aprobada con los requisitos y formalidades previstos en dicho artículo y en los propios Estatutos del Colegio.
Tercero. Esta dirección general es competente para tramitar y resolver el presente expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de consejos y colegios profesionales de la Comunitat Valenciana, teniendo en cuenta lo previsto por la disposición final del Decreto 4/2002, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de consejos y colegios profesionales de la Comunitat Valenciana; y en virtud de las atribuciones contenidas en el en el artículo 73 del Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat.
Por todo lo anterior, visto el artículo 36 de la Constitución y el artículo 49.1.22ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de colegios profesionales, los artículos 11, 25 y 26 de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de consejos y colegios profesionales de la Comunitat Valenciana; así como de los artículos 21 y 74 del Decreto 4/2002, de 8 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de esta última, y demás disposiciones complementarias de pertinente aplicación, resuelvo:
Inscribir la modificación parcial de los Estatutos del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castellón y Valencia en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos Profesionales de la Comunidad Valenciana.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
València, 16 de septiembre de 2020.- La Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, p. s. (R 10.08.20, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública), el subsecretario: José Gabriel Olmo Martínez.
