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RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2003, de la Secretaría General de Pesca Marítima, por la que se dispone la publicación de la actualización del censo de la flota bacaladera. - Boletín Oficial del Estado, de 07-08-2003

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Agosto de 2003

F. entrada en vigor: 27/08/2003

Órgano emisor: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 188

F. Publicación: 07/08/2003

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 188 de 07/08/2003 y no contiene posibles reformas posteriores

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 de la norma undécima del artículo 1 de la Orden de 8 de junio de 1981, por la que se ordena la actividad pesquera de la flota bacaladera, esta Secretaría General de PescaMarítima, oídoelsectorinteresado, resuelve:

Primero. Publicar como anexo I el censo de unidades bacaladeras y coeficientes de participación de las empresas y asociaciones de empresas, actualizado a 1deenero de 2003, conforme a las variaciones habidas en el año precedente, que tienen derecho a cuota de pesca de bacalao, especies afines y gallineta.

Segundo. Publicar como anexo II los coeficientes de participación por asociaciones de empresas.

Madrid, 17 de Julio de 2003. La Secretaria general, Carmen Fraga Estévez.

Ilmos. Sres. Director general de Estructuras y Mercados Pesqueros y Director general de Recursos Pesqueros.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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