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RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de aprobación del Plan Extremeño de Movilidad Sostenible (PEMS) por parte del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, y la información requerida por el artículo 46 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura., - Diario Oficial de Extremadura, de 23-07-2025

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Ambito: Extremadura

Órgano emisor: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 141

F. Publicación: 23/07/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Extremadura Número 141 de 23/07/2025 y no contiene posibles reformas posteriores

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de aprobación del Plan Extremeño de Movilidad Sostenible (PEMS) por parte del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, y la información requerida por el artículo 46 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Mediante Acuerdo del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, de 10 de julio de 2025, se aprobó el Plan Extremeño de Movilidad Sostenible (PEMS).

Teniendo en cuenta que el plan fue sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica (EAE), procede dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 2 del artículo 46 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En consecuencia, se procede a:

1. Dar publicidad al acuerdo de aprobación del PEMS, cuyo texto íntegro se inserta como anexo I de la presente resolución.

El contenido íntegro del Plan puede consultarse en la dirección electrónica

https://www.juntaex.es/w/plan-extremeno-de-movilidad-sostenible

2. El anexo II de la presente resolución contiene un extracto del PEMS sobre los siguientes aspectos:

a) Integración en el PEMS de los aspectos ambientales.

b) Toma en consideración en el PEMS del estudio ambiental estratégico, de los resultados de los trámites de información pública y de consultas, incluyendo la declaración ambiental estratégica.

c) Justificación de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las que han sido consideradas.

3. El anexo III de la presente resolución contiene el apartado de seguimiento ambiental del Plan, el cual incluye las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de su aplicación.

Mérida, 17 de julio de 2025.

La Secretaria General,

LAURA CASTELL VIVAS

(ANEXOS OMITIDOS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)